12/06/2011

Tucumán

Apartan de un juicio a juez que participó en la “Marcha por la Memoria”

El Tribunal Oral de Tucumán ha decidido hacer lugar al pedido de recusación interpuesto por los Defensores de imputados en contra del Dr. Pérez Villalobo. Conozca los fundamentos de la recusación.

El Tribunal Oral Federal (TOF) de Tucumán ha resuelto hacer lugar al pedido de recusación (apartar del juicio) contra el juez subrogante José María Pérez Villalobos, planteado por los Defensores de los imputados en el juicio próximo a realizarse por la causa “De Benedetti, Osvaldo s/investigación de su muerte”.
 
Interpusieron la recusación el Defensor Público Oficial Ciro Vicente Lo Pinto (defensor de Jorge Eduardo Gorleri y Héctor Hugo Lorenzo Chilo), y los Defensores Públicos Ad Hoc Edgardo Adolfo Bertini y María Pamela Tenreyro (en defensa de Jorge Rafael Videla y Luciano B. Menéndez el primero, y de Jorge González Navarro la segunda).
 
Los defensores de los imputados fundamentan el planteo asegurando que el Dr. Pérez Villalobos es un juez que no es imparcial. Al respecto, hacen mención a manifestaciones públicas del propio magistrado que evidenciarían (según los recusantes) la parcialidad contra sus defendidos.
 
Las manifestaciones del magistrado en las que la Defensa se basa para pedir la recusación serían:
  • En la causa “Romero Niklison” lo acusan de realizar en su voto de disidencia una ampliación de las responsabilidades penales de los sentenciados.
  • Lo consideran “imparcial” por haber participado en la “Marca por la Memoria” desarrollada en Córdoba el 24 de marzo de 2009.
  • Lo consideran “imparcial” por haber empleado la fórmula del juramento que incluía la expresión “por la memoria de los caídos en Trelew”, al momento de asumir el cargo de juez de Cámara del Tribunal Oral Nº2 de Córdoba. 
Por tales motivos los Defensores aseguran que el juez tiene una posición ya tomada con relación a los juicios de lesa humanidad, lo que comprometería la imparcialidad del juzgador, y afectaría el debido proceso legal y el derecho a un juzgamiento por un tribunal parcial.
 
Por su parte, el Dr. Pérez Villalobo, solicitó que se rechace la recusación presentada en su contra por considerarla maliciosa y falaz, y por carecer de una argumentación seria, completa y fundada. 

Finalmente, el TOF de Tucumán, integrado por los jueces Carlos Jiménez Montilla y Gabriel E. Casas, decidió hacer lugar al pedido de recusación, y apartar de la causa al Dr. Pérez Villalobo por considerar que “el temor de parcialidad que trasunta el planteo recusatorio es razonable”. ©eldiario24.com 




Recomienda esta nota: