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Alumnos presentaron un amparo contra la planta de EDET

[ 05 de Octubre de 2012 07:41 ]

Buscan detener la construcción hasta que se realice un estudio de impacto ambiental que asegure la salud de los habitantes.


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Un grupo de alumnos del Instituto del Profesorado de Educación Física Norte Argentino presentaron un amparo contra la planta transformadora que EDET quiere construir en pleno barrio Sur.

De acuerdo a lo publicado por Primera Fuente, los abogados Francisco Marcos Torres, María de las Mercedes Antich y Ana Inés D’Olivo, en representación de los estudiantes presentaron en la Cámara en lo Contencioso Administrativo –Sala II, a cargo de Rodolfo Novillo y Carlos Giovanniello- una medida cautelar innovativa tendiente a que, mientras se sustancie el proceso, se suspendan los trabajos de montaje de la estación de energía eléctrica.
 
La presentación también solicita que se ordene al Gobierno provincial, al Ministerio de Economía, al Ente Provincial Regulador de Energía de Tucumán (EPRET), a la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, a Transnoa y a EDET - contra todos ellos es la acción judicial- el traslado de la planta y la quita del permiso de construcción “hasta tanto se realice una evaluación de impacto ambiental convincente que contemple el componente social que rodea a la obra”.
 
“Estamos hablando de alrededor de 1.500 personas que pernoctan en la misma manzana donde se pretende instalar a la planta. Más de 8 mil personas desarrollan sus actividades diarias en las cercanías del lugar. Y, si bien no hay certezas de que el campo electromagnético que generará la estación transformadora afectará la salud, merece aplicarse el principio precautorio de la Ley General del Ambiente. No vamos a esperar que se produzca un daño para recién actuar. Queremos que el desarrollo se haga en forma armónica con el cuidado de la salud de la población”, afirmó el abogado Marcos Torres, en diálogo con Primera Fuente.
 
En este sentido, entre diferentes normas en las que se hace mención en la acción judicial, se hace referencia a lo establecido en el artículo 4º de la Ley General del Ambiente Nº 25.675. “(…) ante la falta de certeza de que el funcionamiento de la estación cuestionada provoque daños en estos derechos, debe aplicarse el principio de precaución porque esperar a tener pruebas científicas y clínicas sólidas para tomar medidas, puede provocar para el Estado costos sanitarios invaluables económicamente, mas la pérdida de poder económica de las propiedades afectadas que pueden reclamarse posteriormente. Además es necesario tener en cuenta que el escenario donde se pretende instalar y funcionar la planta en cuestión, está rodeado de seis establecimientos educativos de todos los niveles educacionales, incluido un establecimiento dedicado exclusivamente a niños con capacidades diferentes, la Universidad Nacional Santo Tomas de Aquino, la Asistencia Pública, la Mutualidad Provincial, una Clínica Privada de Ojos, y doce edificios de departamentos, es así que el temor y el estrés que ello provoca debe tenerse en cuenta como un costo social”, se sostiene en la presentación judicial.
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