11/04/2017

Argentina

La Corte Suprema resolvió que la Policía bonaerense no tiene derecho a sindicalizarse

El máximo tribunal confirmó la decisión del Ministerio de Trabajo de la Nación que había rechazado la solicitud de inscripción del gremio.
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Policía Bonaerense.

En un fallo dividido, la Corte Suprema de Justicia resolvió este martes que la Policía de la Provincia de Buenos Aires no posee un derecho colectivo a sindicalizarse, al confirmar la decisión del Ministerio de Trabajo de la Nación, que había rechazado la solicitud de inscripción del gremio.

La decisión fue avalada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Carlos Rosenkrantz, mientras que se expresaron en contra los magistrados Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti.

La resolución confirmó la decisión del Ministerio de Trabajo de la Nación que había denegado el pedido de inscripción del Sindicato Policial Buenos Aires en el Registro de la Ley de Asociaciones Sindicales.

El máximo tribunal resolvió sobre la sindicalización policial "después de examinar el debate constituyente de la Convención de 1957, los convenios de la OIT ratificados por la Argentina y el tratamiento constitucional y legislativo posterior que el país dio" a la cuestión.

"La Corte también examinó los tratados internacionales de jerarquía constitucional y sostuvo que, si bien dichos tratados reconocen en principio ese derecho a las fuerzas policiales, también permiten que la legislación interna de cada país restrinja o incluso prohíba el ejercicio de derechos sindicales", señaló el tribunal en un comunicado.

Además, recordó que en este caso "la Provincia de Buenos Aires prohibió de modo expreso mediante una ley y su decreto reglamentario la sindicalización de la policía y que dicha prohibición es, a la luz de la Constitución Nacional y los tratados internacionales, constitucionalmente válida".

Por su parte, Maqueda se diferenció de sus pares y consideró que los policías bonaerenses están facultados para formar un sindicato y que el mismo debía ser habilitado para actuar como tal mediante su inscripción en el registro especial de las asociaciones profesionales que lleva el Ministerio de Trabajo de la Nación.

Para el juez, "la posibilidad de que los policías formaran sindicatos fue contemplada por los Pactos Internacionales sobre Derechos Humanos que fueron celebrados a partir de mediados de la década del sesenta e incorporados al texto de la Constitución Nacional por la reforma de 1994".




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