29/04/2016

Tucumán

Polémico caso

Para la Justicia tucumana "Belén" mató a su bebé y lo arrojó a un inodoro

La joven de 27 años afirma que tuvo un aborto espontaneo, sin embargo fue condenada a 8 años de prisión.

En la última semana tuvo repercusión el caso de una joven de 27 años, llamada "Belen" para protejer su identidad, quien fue condenada a una pena de 8 años de cárcel luego de haber perdido su embarazo en el Hospital Avellaneda de San Miguel de Tucumán.

La Justicia tucumana, encontró a la mujer culpable de haber asesinado a su bebé en el baño del hospital. En su defensa, la joven aseguró que, en realidad, tuvo "un aborto espontáneo" cuando fue a hacerse atender por fuertes dolores estomacales sin saber que estaba embarazada, tal como figura en su historia clínica.

La sentencia generó una fuerte polémica tan grande como la diferencia que existe entre una condena por un aborto espontáneo y un homicidio, que traspasó los límites de esta provincia. Distintas organizaciones sociales marcharon incluso a la Casa de Tucumán en Buenos Aires, para repudiar el fallo, al que consideraron "un caso de violencia institucional", para exigir la inmediata liberación de "Belén" y reclamar por el aborto legal y gratuito.

El hecho ocurrió en marzo y, desde entonces, la joven permaneció detenida, a la espera del juicio, que tuvo lugar la semana pasada, cuando los jueces de la Sala III de la Cámara Penal de Tucumán la condenaron por el delito de "homicidio por circunstancias extraordinarias de atenuación".

En su fallo, los magistrados Dante Ibáñez, Néstor Rafael Macoritto y Fabián Fradejas consideraron que en la investigación quedó comprobado que la mujer tuvo a su bebé en el baño del hospital Avellaneda, lo mató y trató de deshacerse de la criatura arrojándola al inodoro tras cortar el cordón umbilical.

En una primera instancia, la mujer había sido acusada por "homicidio doblemente agravado por el vínculo y por alevosía"; pero los jueces cambiaron la carátula y redujeron la pena al considerar "como atenuante el estado de puerperio en el que estaba cuando ocurrió el hecho". Según consideraron los magistrados, la joven, cuyo nombre real se mantiene bajo reserva por razones legales, actuó en un estado de shock que le impidió tomar conciencia plena de los hechos.

Al declarar ante el tribunal, Belén aseguró que ni siquiera sabía que estaba embarazada cuando fue a atenderse en el hospital por un fuerte dolor abdominal y que allí tuvo "un aborto espontáneo" de un feto de aproximadamente 22 semanas de gestación, tal como indicaba su historia clínica. Según afirmó la mujer, ese fue el diagnóstico que hicieron los médicos cuando la revisaron por primera vez, pero que luego la acusaron de haber tomado fármacos para interrumpir a propósito el embarazo. La versión de la acusada, quien dijo que fue maltratada y degradada por el personal del hospital, es contradictoria con el testimonio de los profesionales que la atendieron. Según fuentes judiciales, estos aseguraron que la mujer dio a luz en el baño y que mató al bebé, de al menos 7 meses de gestación, antes de intentar deshacerse del cuerpo arrojándolo al inodoro.

El fallo de la Justicia

Belén se había internado en la madrugada del 21 de marzo de 2014 en la guardia del hospital Avellaneda de esta capital para que la atiendan por malestares en la región abdominal. Según informa el diario la Nación, la mujer dijo que le dolía mucho el estómago y pidió que la dejen ir al baño, de donde regresó con una importante hemorragia en sus genitales, por lo que fue derivada al Servicio de Ginecología. Tras atender a la mujer, el médico José Daniel Martín le ordenó a la partera Marta Monje, que junto con la agente Marcela Sueldo revisen el baño, donde encontraron un bebé, cuyos restos estaban atorados en el sifón del inodoro.

Según las fuentes consultadas por este diario, la mujer habría tratado de hacer desaparecer a la criatura por las cañerías, empujándola con una sopapa que encontraron en el baño. En el juicio, el tribunal advirtió que, de acuerdo al resultado de la autopsia, el bebé sobrevivió al parto. El próximo martes se dará lectura a los fundamentos del fallo.

El argumento de la defensa

La joven, que está detenida desde hace más de dos años, fue condenada a pesar de que no se realizó un estudio de ADN que demuestre que la criatura que encontraron en el baño del hospital era su hijo. Ese es uno de los argumentos centrales en los que se apoya la defensa, ejercida por la abogada Soledad Deza, integrante de la agrupación Católicas por el Derecho a Decidir. Además, la letrada denunció que en el proceso fueron vulnerados los derechos de su defendida y que "fue violado el secreto de confidencialidad médica que la asistía".

"La historia clínica dice que Belén llegó al hospital con un aborto espontáneo. No hay acta de secuestro del feto, no se realizó una protección de esa supuesta escena del crimen, no sabemos como apareció la criatura en el baño, y no hay un ADN que vincule a Belén con esa criatura. Todo se ajustó a las versiones del personal que atendió a Belén y eso implicó también una violación de secreto médico", expresó Deza en diálogo con La Nación.

Según la profesional, "la justicia debe fallar en función de las certezas con las que cuenta y no en base a suposiciones, como pasó en este caso, en el que claramente hubo una condena moral anterior por parte de la Justicia, que vinculó moralmente al feto que apareció en el hospital con esta mujer embarazada".

La letrada adelantó que presentarán un recurso de casación para solicitar la nulidad del fallo y que pedirán la inmediata excarcelación de la joven. Deza agregó que "el tribunal no tiene pruebas para justificar la imputación que le hicieron y mucho menos para dictar la condena, pese a que tuvieron dos años para recolectar pruebas y no lo hicieron. Se dispuso la preventiva por considerar que era una causa probable de delito de acción público, cuando hubo una violación del debido proceso", completó.

El caso de Romina Tejerina 

El caso guarda similitud con el de Romina Tejerina, la joven jujeña que purgó una condena de 9 años y 4 meses por haber asesinado a puñaladas, en 2003, a una beba cuyo embarazo había ocultado y que, según siempre sostuvo, fue fruto de una violación.

En otros hechos ocurridos en 2006, dos mujeres que mataron a sus bebés en el momento del parto fueron absueltas por tribunales de Entre Ríos y Córdoba, respectivamente, porque consideraron que "no comprendían la criminalidad del acto" o bien porque contemplaron "la violencia de la que fueron víctimas". (lanacion.com.ar)



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