Durante este miércoles se conoció la noticia de que los empleados públicos tendrán un incremento salarial del 3,9%. De esta manera, el Gobierno nacional hizo oficial este aumento, despúes de que se llegará al acuerdo de que se aplicaría parcial y consecutivamente entre los meses de marzo y abril de este año.
El aumento salarial se implementará en tres tramos
El Poder Ejecutivo, con el presidente Javier Milei al frente, hizo oficial un incremento del salario del 3,9 por ciento de los empleados públicos. Esta decisión se tomó despúes de llegar a un acuerdo que establece que el aumento salarial será aplicado de manera parcial y consecutiva entre los meses de marzo y mayo del corriente año. Aparte de los salarios, la disposición también incluye una actualización respecto al costo de adicionales, viáticos, entre otros diferenciales.
Por medio del Decreto 293/2025 que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial, el presidente de la Nación, Javier Milei homologó el pacto del pasado 11 de abril de este año en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.
De esta manera, en el documento se dispuso que se homologaría en el Acta Acuerdo del día 11 de abril del año 2025 que reabrió el acto del 28 de febrero de 2025 y sus Anexos I a LVIII de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, en las que se dispone un aumento del salario de las retribuciones de todo el personal tanto permanente como no permanente, de acuerdo a su ámbito de aplicación.
A su vez, de acuerdo a las condiciones que fueron acordadas por ambas partes que participaron de la negociación de las paritarias, se resolvió que el aumento será aplicado en tres tramos. El primero será a partir del 1° del mes de marzo; el segundo el 1° del mes de abril; y el tercero y último a partir del 1° de mayo de 2025.
Por su lado, las autoridades comunicaron que se acordó dar un aumento salarial uno con treinta centésimos por ciento (1,30 %) a partir del 1° de marzo del corriente año; del uno con treinta centésimos por ciento (1,30 %) a partir del 1° de abril del corriente año y del uno con treinta centésimos por ciento (1,30 %) a partir del 1° de mayo del corriente año.
En la normativa también están incluídos el personal civil de inteligencia
Además, en el artículo 3° del decreto se dispuso un límite máximo a la retribución bruta mensual, normal, habitual, regular y permanente para los agentes habilitados a realizar servicios extraordinarios. Por ejemplo en el mes de marzo, la suma más alta autorizada fue de $685.863, mientras que en el mes de abril fue de $694.779, y, en el caso del mes que viene, es decir, mayo será de $703.811. Sin embargo, dejaron en claro que el tope salarial no perjudicaría a los trabajadores que cumplan con servicios requeridos por terceros.
A su vez, señalaron que, no se contará con ciertos componentes salariales para calcular la retribución, como los grados extraordinarios, compensaciones por zona o por tramo, compensaciones transitorias homologadas en los años 2012 y 2015, gastos incurridos, el premio estímulo a la asistencia homologado en el año 2019 ni las sumas fijas no bonificables establecidas en el Decreto N° 56/2020.
Según la norma, el aumento también incluíra al personal civil de inteligencia, pertenecientes a la Secretaría de Inteligencia de Estado de la Presidencia de la Nación, conforme a las mismas fechas previstas para el resto de los trabajadores.