En horas de la tarde, se conoció la decisión de la Corte Suprema de ratificar la obligatoriedad del uso de tobillera electrónica por parte de Cristina Kirchner. Como es sabido, la ex-presidente se halla en reclusión luego de haber sido condenada por la causa “Vialidad”, además y de recibir la sanción que la inhabilita a postularse en cargos públicos de forma perpetua.
En este contexto, fuertes debates se sucedieron entre militantes y los sectores oficialistas que denostan al kirchnerismo, respecto al uso de la tobillera electrónica de parte de CFK, y su grado de necesidad.
Pues, presa en su domicilio, la justicia puso en marcha el protocolo de vigilancia que incluye el uso del artefacto para monitorear los movimientos de la condenada, y garantizar que no viole ninguna de las normas de reclusión.
Sin embargo, la defensa de Cristina no dejó de presentar las solicitudes correspondientes para modificar esta condición. Aunque la Justicia argentina acaba de negarle, nuevamente, la posibilidad de transcurrir su condena sin la tobillera.
Además, la Corte no dudó en desestimar el pedido en el que se exige la remoción de la restricción de visitas, y reafirmó las condiciones que deberán cumplirse para que la abogada pueda reunirse con familiares y colegas: la presentación de una nómina previa, el y preaviso en caso de que necesite recibir la visita de alguien que no figure en la lista.
Disputa de partes
Este viernes se dictaminó la resolución del Tribunal de Justicia respecto a las condiciones de la prisión domiciliaria de CFK, luego de que los abogados que la representan hayan exigido a la Corte la revisión de la obligatoriedad del uso de tobillera, y de la restricción de visitas impuesta para controlar quienes entran y salen del departamento ubicado en San José 1111.
Luego de un debate, los miembros de la Justicia determinaron no revocar ninguna de las condiciones que rigen la prisión de Cristina. Y los argumentos esgrimidos aluden no sólo a la necesidad de controlar a la reclusa, sino también de garantizar su seguridad personal.
Destacaron, además, que la prisión domiciliaria es una modalidad que incluye el monitoreo constante, debido a las circunstancias en las que se lleva a cabo: “a partir de la modificación introducida a la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad mediante la ley 27.375, la concesión de la prisión domiciliaria incluye, como regla, la colocación de un dispositivo electrónico de control al condenado”, expresaron.
Y remarcaron que la obligación de usar tobillera sólo puede ser removida en caso de que las condiciones de encierro cambien. Mientras tanto, la defensa kirchnerista no deja de ver la imposición del dispositivo como una medida excesiva e innecesaria.
Respecto al permiso de visitas, la viuda de Néstor Kirchner está obligada a notificar, de forma previa y a través de una lista, los nombres de las personas que concurrirán a su domicilio. Y esta limitación fue duramente criticada por la defensa K, que esperó poder convencer a la Justicia de flexibilizar las condiciones de visita.
Sin embargo, la postura de los jueces fue tajante, al concluir que “no puede considerarse arbitrario ni desproporcionado que se exija autorización previa para el ingreso de personas ajenas al núcleo familiar o profesional inmediato”, puesto que Cristina, dijeron, es una reclusa que ha cometido “graves faltas institucionales”, que ameritan el estricto control sobre su persona.
La función de la tobillera
La tobillera electrónica es un dispositivo de control de seguridad, que funciona alertando a las fuerzas del orden en el momento en que el preso se encuentra violando el perímetro establecido en el que debe cumplir la prisión domiciliaria.
Y la obligación de Cristina de usarla obedece a la consideración de la Corte Suprema de la existencia del potencial riesgo de fuga, así como también del peligro de que la representante peronista sea víctima de un ataque a su integridad.
Como sigue la causa
Mientras tanto, Cristina aguarda por la resolución de Casación, tras apelar en contra del fallo del Tribunal y exigir la nulidad de la pena. Además, la condenada aún debe cumplir con el pago de más de 684 mil millones de pesos, como sanción secundaria por su responsabilidad en los delitos.