ANSES está dando de baja la pensión de invalidez de varios beneficiarios/as. Esta se trata de una pensión no contributiva que brinda apoyo económico a los ciudadanos/as en situación de vulnerabilidad social a causa de su condición de salud.
Se la denomina pensión no contributiva porque es posible cobrarla, aunque el usuario no haya realizado aportes al sistema. Asimismo, la prestación es inembargable, personal (no es posible pasarla a otra persona) y no puede venderse.
Cambios sustanciales en la pensión por invalidez ANSES
La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) ha modificado los requisitos necesarios para recibir las Pensiones No Contributivas (PNC) por Invalidez Laboral. Una alteración sustancial que recaerá sobre más de un millón de personas beneficiarias.
Esta nueva medida, oficializada en la Resolución 187/2025 estipula un nuevo método de clasificaciones para analizar la incapacidad laboral. Se analizará más a fondo si procede otorgar el beneficio o no.
La nueva normativa determina una clasificación específica para cada sistema de los diversos grupos de afecciones psicofísicas, estipulando si califican como causas de incapacidad laboral o no. Esta será la nueva categorización:
- Siempre favorable. Se atribuye ante una capacidad suficiente para provocar un dictamen médico favorable para los fines de otorgamiento de la ayuda, de manera independiente a los factores socioeconómicos.
- Evaluable. Este estado requiere de un análisis mayor, dado que podría derivar en un dictamen favorable o desfavorable según el grado de invalidez alcanzado por el usuario.
- Incapacidad baja. Aunque la persona solicitante sufre un cierto grado de incapacidad, esta no llega a uno tan alto como para que la pensión le sea otorgada.
- Sin incapacidad. Anota alguna patología, pero ninguna incapacidad como tal.
Cabe destacar que el anuncio de la nueva clasificación llega después de que el Gobierno denunciara el cobro irregular de pensión por incapacidad laboral en Chaco.
Requisitos para pedir la PNC por invalidez laboral ANSES
De acuerdo a lo reportado en el Decreto 843/24, para tener acceso a esta pensión, la persona solicitante debe acreditar el 66% de la reducción de la capacidad laboral y cumplir con las siguientes cláusulas:
- No tener un trabajo formal ni estar registrado/a en el sistema previsional.
- Presentar un Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigencia para acreditar identidad, edad y nacionalidad.
- Ser residente en Argentina. Los ciudadanos/as argentinos/as deben registrar un mínimo de tres años de residencia continua. En contraposición, los extranjeros deben anotar una residencia de diez años.
- No estar recibiendo ninguna otra pensión contributiva o no contributiva.
- No tener parientes legalmente obligados a proveer alimentos, o, si los hay, que estén imposibilitados de hacerlo.
- No tener bienes, ingresos ni recursos suficientes para subsistir. ANDIS analizará detenidamente el contexto socioeconómico de cada solicitante.
- No estar detenido/a en un establecimiento penitenciario.
Razones por las que ANSES puede dar de baja una pensión por invalidez en 2025
Superar la revisión del Certificado Médico Oficial (CMO) es esencial para gestionar las pensiones no contributivas por invalidez. Este documento valida el diagnóstico del paciente y permite que ANSES le otorgue la ayuda solicitada. Sin embargo, este beneficio puede suspenderse o darse de baja si se da cualquiera de los siguientes escenarios:
- Incumplimiento de las obligaciones dispuestas por la normativa.
- No presentarse a citaciones oficiales sin justificación válida.
- Detección de irregularidades o fraudes que contemplen la caducidad del beneficio.
- Percepción indebida de haberes o doble cobro de prestaciones.
- Presencia del beneficiario en un establecimiento penitenciario.
- Discrepancias encontradas en los datos del domicilio declarado.
Es vital que las personas beneficiarias de las pensiones por invalidez ANSES mantengan actualizada su información personal y cumplan con los requisitos necesarios para evitar una posible suspensión o pérdida del beneficio. Si ya te suspendieron el pago de tu haber, en esta guía te contamos con solicitar nuevamente el alta.