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Atención, Programa Alimentar Comunidad: Nuevos requisitos en Mayo

Por Trini
10 de mayo de 2025
en Economía
Programa Alimentar Comunidad

Fuente: AP

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El Ministerio de Capital Humano ha confirmado una serie de cambios en los requisitos solicitados para recibir la cuantía del Programa Alimentar Comunidad, que tiene como objetivo fortificar el servicio alimentario de comedores y merenderos. La prestación se recibe junto con otras ayudas, mediante ANSES, a personas en situación de vulnerabilidad social y económica. Corresponde a una ayuda financiera que se brinda a comederos y merenderos con el fin de cubrir su función de alimentarias a ciudadanos/as de bajos recursos.

La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del Ministerio de Capital Humano, es la que gestiona esta ayuda. El pago queda acreditado mediante tarjetas prepagas físicas o virtuales, a los representantes o responsables designados para comederos y merenderos comunitarios.

Cabe destacar que la finalidad es única y exclusiva para la compra de alimentos. El Gobierno Nacional oficializó los cambios referentes al programa en la Resolución 151/2025, publicada en el Boletín Oficial, con la firma de la ministra Sandra Pettovello.

Documentos solicitados para recibir el Programa Alimentar Comunidad

Este programa es compatible con los comederos o merenderos comunitarios que funcionan como servicio de comidas gratuito para personas en situaciones socialmente vulnerables. Para acceder, los usuarios interesados deben cumplir varios requisitos y presentar los siguientes documentos:

  • Nota de solicitud de incorporación del Comedor y/o Merendero Comunitario. Debe ir dirigida al titular de la Subsecretaría de Promoción Humana de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Capital Humano.
  • Declaración jurada suscripta por la máxima autoridades de la entidad. Esta debe mostrar que no se están recibiendo otros subsidios por el mismo motivo.
  • Acta constitutiva y estatuto actualizado.
  • Constancia de inscripción a ARCA.
  • DNI (frente y dorso) de autoridades vigentes y/o representantes.
  • Acta del órgano de administración u órgano superior equivalente. En este debe solicitarse la ayuda y ha de estar autorizada por el Presidente, representante legal o cargo equivalente a suscribir la solicitud de incorporación. Además, deben efectuarse las gestiones pertinentes y suscribir el Convenio pertinente.
  • DNI (frente y dorso) del responsable de la gestión los fondos encargados de operar con la tarjeta.

Requisitos para recibir el Programa Alimentar Comunidad sin personería jurídica

Recordemos que la prestación Alimentar Comunidad se adjudica a los comederos que lo solicitan, pero realmente sus beneficios con los ciudadanos/as que acuden a ellos. Lo mismo que sucede con el resto de los programas de entrega de alimentos. Así las cosas, las autoridades han determinado otros requisitos que rigen en el caso de las entidades sin personería jurídica que deseen recibir la ayuda del Programa Alimentar Comunidad.

  • Nota de solicitud de incorporación del Comedor y/o Merendero Comunitario, cuyo destinatario debe ser el titular de la Subsecretaría de Promoción Humana de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Capital Humano.
  • Frente y dorso del DNI y constancia de CUIL de la persona representante de la entidad.
  • Declaración Jurada que ponga de manifiesto la no recepción de otros subsidios nacionales bajo el mismo concepto.
  • Documento, en carácter de Declaración Jurada, firmado por el responsable y al menos tres participantes del comedor o merendero. A través de este documento, se expone la memoria y los antecedentes de funcionamiento de la entidad. Por ejemplo, el año de inicio de su actividad, miembros, objetivos, entre otras cosas). También debe autorizar al/la representante a ejercer su rol, además de gestionar funciones vinculadas al subsidio.
  • Declaración Jurada por parte de los representantes del comedor y/o merendero. Con este ítem se obliga a inscribirse en el Registro Voluntario de Simples Asociaciones de la Inspección General de Justicia o en el Registro correspondiente a su Jurisdicción.
  • Dos documentos que avalen el trabajo de la organización en el territorio. Cada uno de los avales debe provenir de una institución gubernamental provincial o municipal, por medio de una autoridad del área con competencia., y/o no gubernamental con objetivos asociados a la actividad que manifiesta la institución que solicita la ayuda.
  • Frente y dorso del DNI del administrador/a de los fondos que se encarga de operar con la tarjeta.

¿Cuánto pagan en el Programa Alimentar Comunidad?

El importe que pagan por el Programa Alimentar Comunidad cambia según la cantidad de personas que acudan al comedor. La autoridad de aplicación fija el valor equivalente a una prestación alimentaria por persona. En ese aspecto, el valor acreditado queda fijado por las autoridades, de acuerdo a la demanda.

Quienes deseen recibir la prestación del Programa Alimentar Comunidad, deben prestar atención a los requisitos mencionados para cubrir lo que solicitan las autoridades. Siguiendo esta línea, hay usuarios que quieren recibir una ayuda para alimentos más puntual. Para ellos, ANSES ha creado la Tarjeta Alimentar que puede solicitarse con estos 3 pasos.

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