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ARCA advierte a los autónomos: Deben actualizarse y no solo en el aporte

Por Nancy F.
17 de mayo de 2025
en Economía
Autónomos arca

Fuente: Dolarapp

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El ARCA viene avanzando con una serie de cambios y actualizaciones. Los aportes de los llamados contribuyentes autónomos no son la excepción justamente. Anteriormente, esto se actualizaba cada tres meses a partir de marzo hasta diciembre. De esta manera, los aportes se modificaban de acuerdo al índice de aumento de los haberes jubilatorios. Pero a partir del DNU 274/2024 se registraron una serie de cambios desde abril de 2024. Ahora, el ARCA acaba de anunciar un plazo límite para realizar la actualización. Falta muy poco.

Advertencia para los trabajadores autónomos

La advertencia del ARCA se emitió a través de su página web oficial. A través de la publicación de los nuevos valores vigentes para los trabajadores autónomos. Esto se encuadra en la flamante fórmula de movilidad jubilatoria que se desarrolló de manera reciente. Está pensada con un mecanismo de actualización mensual de los haberes teniendo en cuenta las variaciones del Nivel General de Índice de Precios al Consumidor.

Recordemos que los trabajadores autónomos son aquello que no pueden desempeñarse como monotributistas debido al tipo particular de actividades que realizan o o que superan el máximo nivel de facturación. Se trata de una modalidad que alcanza a los ciudadanos que se desempeñan sin un contrato de trabajo y que se incluye en el régimen es previsional, de forma que cuentan con aportes para la seguridad social.

Esta novedad afecta de manera directa a este grupo. Se trata de un trámite que deben cumplir antes de finalizar mayo, el mes clave para el ARCA. En este sentido, los autónomos deben proceder, sólo cuando corresponda, realizando su recategorización correspondiente. Se deberá cumplir con este requisito de manera anual para confirmando la categoría por la que responder realmente efectuando sus aportes. Según lo establecido desde el ente oficial esto será a partir de ahora durante el mes de mayo de cada año.

¿Cómo se realiza la recategorización anual de autónomos?

Los pasos son sencillos. Primero se debe iniciar sesión ingresando a la página web correspondiente del ARCA, con el CUIT y clave fiscal. Una vez allí se debe tomar la opción del menú “Registro Tributario”, y posteriormente seleccionar “Empadronamiento Autónomos”. Para esto se deberá considerar los ingresos brutos obtenidos durante el año calendario inmediato anterior.

En segundo lugar, se debe avanza teniendo en cuenta los montos fijados en la tabla. Según los aportes correspondientes a los trabajadores autónomos. Estos nuevos valores de los aportes que vencen en mayo 2025, orientan el proceso. Se distinguen por una parte, en relación a los aportes mensuales de los trabajadores autónomos con las categorías que van desde la más baja, la I hasta la más alta la V y se indican de la siguiente manera:

  • I $ 51 340,68
  • II $ 71 875,86
  • III $ 102 680,48
  • IV $ 164 288,69
  • V $ 225 896,06

Mientras que, por otro lado, se consideran los aportes de mensuales de los trabajadores autónomos que realicen otro tipo de actividades que se consideran penosas o riesgosas, como por ejemplo los transportistas de carga. En este caso, se enmarcan dentro de un régimen previsional diferente con la escala de categorías que van desde la I hasta V, pero con un incremento de un 3% más.

¿Qué pasa si no actualizo?

Es importante destacar que, si al momento de realizar la inscripción, se realiza una categorización inicial, en base a la actividad a desarrollar, y esta se modifica o se amplía esto debe ser reflejado en el sistema del ARCA con la recategorización correspondiente. La misma se realiza de manera sencilla, de acuerdo a lo explicado, ingresando a la web o por la aplicación.

Pero si no se realiza la actualización, se considerará según la que quedó registrada de manera previa. Es decir, que esta falta implicará necesariamente la ratificación de la categoría declarada con anterioridad. Asimismo, se debe aclarar que hay quienes quedan exceptuados como los beneficiarios de prestaciones previsionales, los jugadores de fútbol, amas de casa y afiliados voluntariamente en el Régimen Nacional de la Seguridad Social para trabajadores autónomos.

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