21/03/2019

Argentina

Conocé los detalles que cambian en el nuevo proyecto de legalización del aborto

Entre los puntos sobresalientes de esta nueva propuesta, se destaca que se podrá acceder a un aborto voluntario, legal y seguro hasta la semana 14 de gestación en los tres sectores del sistema de salud.

Así es el nuevo proyecto para la legalización el aborto
I.V.E
Integrantes de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito brindó detalles sobre el nuevo proyecto que presentará en el Senado en abril.
 21 Mar 2019 - 13:34
Foto de Minuto Uno.
La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito dio a conocer el nuevo proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) que se presentará en el Senado en en abril.  
El proyecto contiene algunas modificaciones con respecto al proyecto que se presentó en agosto de 2018. Entre los puntos sobresalientes de esta nueva propuesta, se destaca que "se establece como sujeto de derecho a interrumpir un embarazo a las mujeres y otras identidades con capacidad de gestar".
Según el escrito, se podrá acceder a un aborto voluntario, legal y seguro hasta la semana 14 de gestación en los tres sectores del sistema de salud (público, de seguridad social y privado), de forma gratuita en hospitales y centros de salud públicos y con una cobertura del 100% si la mujer tiene obra social, mutual o prepaga. Además, el proyecto propone que la práctica sea incluida en el Plan Médico Obligatorio.
Además, uno de los artículos indica que “si la interrupción voluntaria del embarazo se llevara a cabo en un establecimiento de salud, sus autoridades deben garantizar la realización de la práctica sin requerir autorización judicial previa y que en la primera consulta el/la profesional o personal de la salud interviniente debe suministrar información sobre los distintos métodos de interrupción del embarazo, los alcances y consecuencias de la práctica y los riesgos de su postergación”, señala. En el texto se resalta que esa información deberá ser “objetiva, pertinente, precisa, confiable, accesible, científica, actualizada y laica”.
Por otro lado, el artículo 9 detalla que “si la interrupción voluntaria del embarazo es requerida por una persona adolescente de entre 13 y 16 años de edad se presume que cuenta con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento”. Además sostiene que “la persona mayor de 16 años tiene plena capacidad para ejercer los derechos que otorga la presente ley”.
En cuanto a los cambios en el Código Penal, el artículo 88 que se propone reemplazar expresa que “la mujer o persona gestante que causare su propio aborto o consintiere en que otro/a se lo causare en ningún caso será penada”. Esto se refiere a la despenalización total, ya que en el proyecto que fue rechazado por el Senado el artículo 88 estimaba una “prisión de tres meses a un año” a quien se practicare un aborto después de la semana 15 y sin las causales por violación o riesgo de vida.

La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito dio a conocer el nuevo proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) que se presentará en el Senado en en abril.

El proyecto contiene algunas modificaciones con respecto al proyecto que se presentó en agosto de 2018. Entre los puntos sobresalientes de esta nueva propuesta, se destaca que "se establece como sujeto de derecho a interrumpir un embarazo a las mujeres y otras identidades con capacidad de gestar".

Según el escrito, se podrá acceder a un aborto voluntario, legal y seguro hasta la semana 14 de gestación en los tres sectores del sistema de salud (público, de seguridad social y privado), de forma gratuita en hospitales y centros de salud públicos y con una cobertura del 100% si la mujer tiene obra social, mutual o prepaga. Además, el proyecto propone que la práctica sea incluida en el Plan Médico Obligatorio.

Además, uno de los artículos indica que “si la interrupción voluntaria del embarazo se llevara a cabo en un establecimiento de salud, sus autoridades deben garantizar la realización de la práctica sin requerir autorización judicial previa y que en la primera consulta el/la profesional o personal de la salud interviniente debe suministrar información sobre los distintos métodos de interrupción del embarazo, los alcances y consecuencias de la práctica y los riesgos de su postergación”, señala. En el texto se resalta que esa información deberá ser “objetiva, pertinente, precisa, confiable, accesible, científica, actualizada y laica”.

Por otro lado, el artículo 9 detalla que “si la interrupción voluntaria del embarazo es requerida por una persona adolescente de entre 13 y 16 años de edad se presume que cuenta con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento”. Además sostiene que “la persona mayor de 16 años tiene plena capacidad para ejercer los derechos que otorga la presente ley”.

En cuanto a los cambios en el Código Penal, el artículo 88 que se propone reemplazar expresa que “la mujer o persona gestante que causare su propio aborto o consintiere en que otro/a se lo causare en ningún caso será penada”. Esto se refiere a la despenalización total, ya que en el proyecto que fue rechazado por el Senado el artículo 88 estimaba una “prisión de tres meses a un año” a quien se practicare un aborto después de la semana 15 y sin las causales por violación o riesgo de vida.




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