01/03/2019

Tucumán

El Ministerio Público desmintió a la ministra Chahla

"Ninguna fiscalía emitió orden judicial de no interrupción del embarazo de la menor" sostuvieron en un comunicado, ante los dichos de la funcionaria que acusó a la fiscal Giannoni de impedir el procedimiento.
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La Ministra Rossana Chahla acusó a la fiscal Adriana Giannoni de impedir la realización del aborto legal.

Este martes se realizó la interrupción del embarazo que cargaba una niña de 11 años que había sido violada por la pareja de su abuela, se le realizó una cesárea debido a que peligraba su salud en caso de adoptarse algún otro método, debido a que ya cursaba la semana 23 de embarazo.

Organismos de Derechos Humanos acusaron al Siprosa y al Ministerio de Salud provincial, por demorar la aplicación de la Interrupción Legal del Embarazo, a pesar del pedido expreso de la niña y la madre, amparadas en la legislación vigente desde hace casi 100 años.

Ante estos cuestionamientos, la Ministra de Salud Rossana Chahla acusó a la fiscal Adriana Giannoni de impedir que se realiza la ILE.

Esto desató un conflicto entre diferentes poderes del Estado. El Sistema Provincial de Salud y la Justicia continúan enfrentándose a través de comunicados de prensa.

El Ministerio Público Fiscal distribuyó un parte de prensa a través de la aplicación de mensajes Whatsapp en el que desmentía la aseveración de la ministra de Salud.

“Ninguna fiscalía de este Ministerio Público emitió una orden judicial de no interrupción del embarazo de la menor”, se informó en el parte de prensa de la dependencia judicial encabezada por Edmundo Jiménez.

Sin embargo, el reporte explica que sí le habían remitido al secretario ejecutivo del Sistema Provincial de Salud -Siprosa-, Gustavo Vigliocco, un oficio sobre el cumplimiento de dos leyes de protección de niñas, niños y adolescentes en casos de abuso o maltratos. “A través del oficio Nº 11 del expediente 25/8, la doctora Adriana Giannoni procedió a comunicarles al Director del Siprosa que están vigentes las leyes provinciales 8.293 y 6.518 que protegen la vida, integridad y salud de todo Niño, Niña y adolescente y que estos derechos están consagrados en los artículos 40 inciso 1 y 4, y 146 de la Constitución de la provincia. En segundo lugar precisó al señor Director del Siprosa que si él o cualquier persona a su cargo tomaban conocimiento de malos tratos, abuso físico o mental o cualquier tipo de descuido o trato negligente de un niño, niña o adolescente debía comunicarlo a la autoridad pertinente por disposición expresa de la ley 6.518, aclarando que en estos casos la autoridad competente es el Ministerio Pupilar (no el Ministerio Fiscal)”, continúa el comunicado.

El caso trascendió fronteras y fue publicado por la prensa internacional: los portales CNN, El País, BBC, France24, The Sun y The Guardian replicaron la noticia.

 

 




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