08/09/2018

Tucumán

Un empleado judicial fue procesado por abusar sexualmente de dos mujeres

El acusado se valió de su autoridad como jefe para cometer los abusos a las víctimas, que lo denunciaron en 2013 y en 2015. Fue procesado por el delito de abuso sexual simple.

Procesaron a un empleado judicial por "abuso sexual simple"
Las víctimas lo habían denunciado en 2013 y en 2015. Según la investigación, el acusado se valió de su autoridad como jefe para cometer los abusos.
Hace 34 Min 18 14
1
 
ARCHIVO LA GACETA
En las últimas horas se dictó el procesamiento de un empleado judicial de esta provincia por abuso sexual simple, en línea con el requerimiento formulado por los fiscales Pablo Camuña, titular de la Fiscalía Federal Nº 2, y Mariela Labozzetta, a cargo de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia Contra las Mujeres (UFEM) de la Procuración General de la Nación.
Según se supo, los representantes del Ministerio Público Fiscal habían solicitado la declaración indagatoria del imputado  -quien cumple funciones como  Jefe de Despacho de la Secretaría Electoral de Juzgado Federal N° 1- por la presunta comisión del delito de abuso sexual simple contra dos empleadas.
Las víctimas lo habían denunciado por tocamientos en zonas íntimas sin consentimiento. Ante lo expuesto, el Juzgado Federal dispuso el procesamiento sin prisión preventiva.
Los representantes de Ministerio Público Fiscal consideraron que los elementos de prueba de cargo colectados fueron suficientes para indagar y procesar al imputado por el delito de abuso sexual simple (art. 119 del Código Penal), a partir de la solidez y coherencia que evidenciara el relato de las mujeres damnificadas, tanto en su contenido como al ensamblarse con los restantes testimonios recogidos de personas que trabajaron con el imputado.
Los fiscales destacaron que la prueba testimonial recabada evidenciaba la violencia de género en el ámbito laboral, caracterizada por un ambiente machista, de discriminación y descalificación hacia las mujeres.
Estas circunstancias facilitaron el accionar impune del imputado durante mucho tiempo, quien se valió de su autoridad como jefe para abusar sexualmente de las víctimas.
Al entender del Tribunal, los hechos, ocurridos en 2013 y 2015, implicaron manifestaciones de violencia contra las mujeres en los términos de los artículos 1 y 2b de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; y de los art. 4 y 5 de la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales (Ley 26.485).

Este sábado se dictó el procesamiento de un empleado judicial de la capital tucumana por abuso sexual simple, en línea con el requerimiento formulado por los fiscales Pablo Camuña, titular de la Fiscalía Federal Nº 2, y Mariela Labozzetta, a cargo de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia Contra las Mujeres (UFEM) de la Procuración General de la Nación.

Según se supo, los representantes del Ministerio Público Fiscal habían solicitado la declaración indagatoria del imputado, quien cumple funciones como Jefe de Despacho de la Secretaría Electoral de Juzgado Federal N° 1, por la presunta comisión del delito de abuso sexual simple contra dos empleadas.

Las víctimas lo habían denunciado por tocamientos en zonas íntimas sin consentimiento. Ante lo expuesto, el Juzgado Federal dispuso el procesamiento sin prisión preventiva.

Los representantes de Ministerio Público Fiscal consideraron que los elementos de prueba de cargo colectados fueron suficientes para indagar y procesar al imputado por el delito de abuso sexual simple (art. 119 del Código Penal), a partir de la solidez y coherencia que evidenciara el relato de las mujeres damnificadas, tanto en su contenido como al ensamblarse con los restantes testimonios recogidos de personas que trabajaron con el imputado.

Los fiscales destacaron que la prueba testimonial recabada evidenciaba la violencia de género en el ámbito laboral, caracterizada por un ambiente machista, de discriminación y descalificación hacia las mujeres.

Estas circunstancias facilitaron el accionar impune del imputado durante mucho tiempo, quien se valió de su autoridad como jefe para abusar sexualmente de las víctimas.

Al entender del Tribunal los hechos ocurridos en 2013 y 2015, implicaron manifestaciones de violencia contra las mujeres en los términos de los artículos 1 y 2b de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; y de los art. 4 y 5 de la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales (Ley 26.485).




Recomienda esta nota: