29/04/2020

Argentina

Medidas

AFIP prorrogó la suspensión de embargos a Pymes: hasta cuándo es la medida

Así lo decidió la Administración Federal de Ingresos Públicos y fue publicado en el Boletín Oficial.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó oficialmente hoy, por dos meses, hasta el 30 de junio, el plazo de suspensión de la traba de medidas cautelares correspondientes a sujetos que registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, inscriptas en el "Registro de Empresas MiPyMES". Es decir que se suspenden los embargos a las Pymes.


"Sustituir en el artículo 20 de la Resolución General N° 4.557, sus modificatorias y su complementaria, la expresión "…entre los días 14 de agosto de 2019 y 30 de abril de 2020, ambos inclusive…", por la expresión "…entre los días 14 de agosto de 2019 y 30 de junio de 2020, ambos inclusive…", de acuerdo con una resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

La AFIP justificó esta decisión al señalar que es necesario "contemplar la situación económica que atraviesan los contribuyentes y con el objetivo de coadyuvar al cumplimiento de sus obligaciones tributarias".

Por ese motivo, resaltó que "resulta aconsejable extender al 30 de junio de 2020, el plazo de suspensión" de las trabas de medidas cautelares que afecten actualmente a las pymes.

Alrededor de 1 millón de empresas que cuentan con el Certificado Mipyme se verán alcanzadas por la suspensión de traba de medidas cautelares.

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