26/07/2017

Argentina

Anses confirmó que no apelará fallos a favor de los jubilados

El organismo informó que se registraron 2.975 sentencias de Cámara durante junio y se presentaron recursos en apenas 38 casos.

Anses confirmó que no apelará ante la Corte Suprema fallos a favor de los jubilados
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Administración Nacional de la Seguridad Social. ARCHIVO.
En junio pasado se registraron 2.975 sentencias de Cámara y sólo se han presentado recursos en apenas 38 casos ante el Máximo Tribunal, informó el organismo.
Hace 3 Hs 8 22
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ratificó que mantiene la decisión de no apelar más ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en los casos en que ya se cuente con un criterio del Máximo Tribunal.
En Tucumán, más de 34.500 jubilados cobraron la Reparación Histórica.
“Desde julio de 2016, el organismo previsional modificó la estrategia del gobierno anterior, que consistía en presentar apelaciones con el único fin de dilatar los juicios. Fruto de este cambio, la Anses ha consentido 21.439 sentencias de segunda instancia. Mientras que en junio pasado se recibieron 2.975 sentencias de Cámara, y sólo se han presentado recursos en apenas 38 casos para que la Corte establezca cuál es el índice a aplicar”, indicó el organismo que está a cargo de Emilio Basavilbaso.
Paso a paso: cómo solicitar la "Certificación de Servicios" para iniciar la jubilación.
De acuerdo a la información institucional, Anses ha reajustado “el haber mensual de aquellos jubilados con mayores necesidades por tener edad avanzada, con algún problema serio de salud o percibir el haber mínimo”.
Aplicación de un nuevo índice más equitativo
La Administración de la Seguridad Social hizo hincapié en que en el fallo “Elliff”, la Corte “no ha tratado y, por lo tanto, no ha definido el índice a aplicar”. “Por ello, la Anses propone la aplicación del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que es el mismo que la Ley 26.417 establece para calcular la movilidad”, señaló.
Según explicó, el índice es general y representativo del real aumento salarial, ya que recoge la evolución de los salarios de todos los sectores.
Tucumán fue una de las provincias donde se solicitaron más créditos Argenta.
“Entre 2002 y 2006, la Corte tomó en cuenta en el fallo “Badaro” una inflación del 91% y decidió aplicar un aumento del 88%. En dicho período, el RIPTE ascendió al 92%. Como en los últimos 20 años el Estado no había fijado un índice razonable, el Congreso estableció con amplia mayoría la aplicación de un índice justo y equitativo en la Ley de Reparación Histórica. El planteo a la Corte busca eliminar las dudas de algunos sectores sobre la razonabilidad del índice elegido por el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo”, añadió.
“Hay grupos de interés a quienes les conviene potenciar la litigiosidad, en detrimento del verdadero interés de los jubilados. La Anses seguirá haciendo lo que hay que hacer para reconocer el trabajo de toda una vida”, dijo el organismo, de acuerdo al comunicado.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informó que mantiene la decisión de no apelar más ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en los casos en que ya se cuente con un criterio del Máximo Tribunal.

“Desde julio de 2016, el organismo previsional modificó la estrategia del gobierno anterior, que consistía en presentar apelaciones con el único fin de dilatar los juicios. Fruto de este cambio, la Anses ha consentido 21.439 sentencias de segunda instancia. Mientras que en junio pasado se recibieron 2.975 sentencias de Cámara, y sólo se han presentado recursos en apenas 38 casos para que la Corte establezca cuál es el índice a aplicar”, indicó el organismo que está a cargo de Emilio Basavilbaso.

De acuerdo a la información institucional, Anses ha reajustado “el haber mensual de aquellos jubilados con mayores necesidades por tener edad avanzada, con algún problema serio de salud o percibir el haber mínimo”.

La Administración de la Seguridad Social hizo hincapié en que en el fallo “Elliff”, la Corte “no ha tratado y, por lo tanto, no ha definido el índice a aplicar”. “Por ello, la Anses propone la aplicación del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que es el mismo que la Ley 26.417 establece para calcular la movilidad”, señaló.

Según explicó, el índice es general y representativo del real aumento salarial, ya que recoge la evolución de los salarios de todos los sectores.

“Entre 2002 y 2006, la Corte tomó en cuenta en el fallo “Badaro” una inflación del 91% y decidió aplicar un aumento del 88%. En dicho período, el RIPTE ascendió al 92%. Como en los últimos 20 años el Estado no había fijado un índice razonable, el Congreso estableció con amplia mayoría la aplicación de un índice justo y equitativo en la Ley de Reparación Histórica. El planteo a la Corte busca eliminar las dudas de algunos sectores sobre la razonabilidad del índice elegido por el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo”, añadió.

Hay grupos de interés a quienes les conviene potenciar la litigiosidad, en detrimento del verdadero interés de los jubilados. La Anses seguirá haciendo lo que hay que hacer para reconocer el trabajo de toda una vida”, dijo el organismo, de acuerdo al comunicado.




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