05/02/2021

Argentina

REVÉS JUDICIAL

Un juez hizo lugar a la apelación de Anses y suspenden el pago de dos pensiones a Cristina Kirchner

La actual vicepresidenta dejará de percibir, al menos por el momento, la doble pensión de privilegio.

El juez Ezequiel Pérez Nami, subrogante en el Juzgado N° 10 del fuero de la Seguridad Social, concedió tres recursos de apelación contra la sentencia con la cual, a fines de diciembre pasado, había habilitado que Cristina Kirchner cobrara a la vez dos prestaciones consideradas de privilegio: una en función de su carácter de expresidenta, y otra derivada del fallecimiento del también expresidente Néstor Kirchner.


Con la nueva resolución, quedó suspendido el efecto de aquel fallo, que incluía el pago de los retroactivos acumulados desde el momento en que el Estado dejó de abonar una de las prestaciones, más intereses, y la devolución de los montos descontados por el impuesto a las ganancias. Por lo tanto, y al menos hasta que se resuelvan los recursos, la actual vicepresidenta seguirá cobrando solo uno de los beneficios.

Según el escrito, publicado en la página del Poder Judicial, el magistrado resolvió conceder "libremente" tanto el recurso de apelación presentado por la Anses, como también las dos presentaciones hechas por diputados, que pidieron intervenir voluntariamente en el conflicto en calidad de "terceros", según una figura prevista en el Código Procesal, Civil y Comercial de la Nación. "Si bien la intervención de terceros en el proceso es de carácter restrictivo, existen determinadas circunstancias que tornan viable la intervención voluntaria establecida en al art. 90 inc. 1° del CPCCN", indica la resolución de Pérez Nami.

El efecto suspensivo fue confirmado por fuentes del Poder Judicial y por varios especialistas en el tema. "El recurso de apelación concedido libremente suspende el efecto de la sentencia, porque el concepto es que solamente se puede hacer efectiva una vez que tenga revisión; ahora, entonces, se debe elevar el expediente la cámara para que convoque a las partes a presentar sus expresiones de agravio y así se puedan resolver los recursos", explicó el abogado Osvaldo Gozaini, experto en materia procesal.




Recomienda esta nota: