01/02/2016

Argentina

Denuncian a Macri y su gabinete por la emergencia en seguridad

El constitucionalista Eduardo Barcesat realizó la presentación contra el mandatario por supuesto "delito constitucional", "violación de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad" a raíz del DNU.

El abogado constitucionalista Eduardo Barcesat realizó una presentación judicial contra el presidente Mauricio Macri, la vicepresidenta Gabriela Michetti y varios ministros del gabinete nacional, por supuesto "delito constitucional (artículos 29 de la Constitución Nacional)", "violación de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad", a raíz del decreto de necesidad y urgencia que declara la "emergencia de seguridad pública".


La presentación alcanza además, al Jefe del Gabinete de Ministros de la Nación, Marcos Peña; al ministro de Defensa, Julio Martínez; al ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano; de Interior Rogelio Frigerio y de Seguridad, Patricia Bullrich.


La denuncia de seis carillas fue efectuada por el abogado Barcesat, representado por sus colegas Jorge Cholvis y Graciana Peñafort y recayó luego del sorteo ante el juez federal Ariel Lijo.


Entre las medidas que establece el decreto publicado por el gobierno el 22 de enero pasado figura la aprobación de "Reglas de Protección Aeroespacial", cuya autoridad de aplicación serán las Fuerzas Armadas, orientadas a "identificar, advertir, intimidar y hacer uso de la fuerza (como último recurso) a vectores incursores en el espacio aéreo argentino", es decir habilita el derribo de aviones.


El artículo de la Constitución citado por Barcesat establece que "el Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna".


"Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria". El abogado sostuvo que "por hallarse reunidos los requisitos del artículo 294 del Código Procesal Penal", se deberá citar a prestar declaración indagatoria a los denunciados, "disponiendo su procesamiento en orden a las figuras delictivas reprochadas".


El letrado advirtió que "el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo penal de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo".


"A mayor abundamiento, nada impedía o inhabilitaba al Poder Ejecutivo Nacional de convocar al Congreso de la Nación a período de sesiones extraordinarias, para tratar un proyecto de ley. Si no se ha obrado por la vía constitucional es a sabiendas que un cuerpo normativo del jaez del introducido por este DNU difícilmente resistiría el control de constitucionalidad que debe ejercer, en primer término, quien tiene la competencia constitucional para emitir la norma", dice la presentación.


"Se trata, como en toda la catarata de DNU emitidos desde el inicio del actual Gobierno Nacional, de sortear la intervención del Poder Legislativo –primer poder del Gobierno Federal que regula la Constitución Nacional-, estableciendo un mecanismo autoritario y una política de 'hechos consumados' para cuando se inicie el período de sesiones ordinarias del Congreso de la Nación".


Barcesat se refiere especialmente al "derribo de 'vectores incursores declarados hostiles'" del DNU 228/2016 y advierte que "introduce subrepticiamente en nuestra legislación la pena de muerte; de tipo penal abierto y sin forma alguna de debido proceso judiciario. Ello, en clara violación del texto constitucional y de las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU, y de la Convención Americana de Derechos Humanos". (minutouno.com)




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