19/10/2016

Argentina

Las obras sociales deberán incorporar leche medicamentosa a las coberturas de salud

Los beneficiarios serán todas aquellas personas que sufren de alergia a la proteína de la leche vacuna.

La Cámara de Diputados convirtió este miércoles en ley, por unanimidad, la iniciativa que incorpora la cobertura de leche medicamentosa a los Planes Médicos Obligatorios (PMO) de las obras sociales.

 

La propuesta proveniente del Senado, que obliga las obras sociales a hacerse cargo del 100 por ciento de la cobertura de leches medicamentosas a los pacientes que sufren de alergia a la proteína de la leche vacuna o que padecen trastornos gastrointestinales eosinofílicos, fue aprobada con 195 votos a favor y ninguno en contra.

 

Los beneficiarios de la ley serán todas aquellas personas que padecen desórdenes de este tipo sin límite de edad y a partir del momento del nacimiento.

 

De esta manera, las obras sociales tendrán que cubrir el 100 por ciento del valor de las latas de leche medicamentosas, contra prescripción médica.

 

La autoridad de aplicación de la ley será establecida en la reglamentación del Poder Ejecutivo y recién entrará en vigor a partir de los 90 días de su publicación.

 

Al respecto, el diputado tucumano Federico Masso consideró que "con estas leyes el Congreso va reconciliándose con la sociedad, para muchos puede ser algo pequeño, pero para otros significa un cambio de vida, ya que la leche es de muy elevado costo. Estas son las leyes que nos van reconciliando con la sociedad porque el acceso a la salud es un derecho".





Recomienda esta nota: