26/05/2017

Argentina

Reabren la causa por contagio masivo de VIH que había cerrado el juez Bonadio

Entre 1985 y 1992, casi mil pacientes hemofílicos contrajeron el virus del Sida y de la hepatitis C a causa de un lote de coagulante contaminado. Los que aún viven podrán ser resarcidos.
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Quedan alrededor de cien pacientes vivos que reclaman justicia. Foto tomada de LaNuevaComuna.com

Entre 1985 y 1992, casi mil personas se contagiaron de enfermedades en su momento potencialmente mortales como el VIH y la hepatitis C, durante su tratamiento en una clínica de atención para enfermos hemofílicos.


25 años después, aquellas víctimas sobrevivientes y los familiares de los que fallecieron volvieron a esperanzarse con la posibilidad de encontrar Justicia: la Cámara en lo Criminal Federal resolvió revocar el sobreseimiento dictado por el juez Claudio Bonadio de cuatro médicos de la Fundación de la Hemofilia, acusados de haber provocado los contagios.


El caso representó un escándalo que duró siete años y cambió la vida de miles de familias argentinas. Los pacientes, que habían acudido a la Fundación de la Hemofilia para tratar sus problemas de salud, se contagiaron de las dos graves enfermedades a raíz de un coagulante infectado.


El problema nació a finales de los 70′, cuando la Argentina empezó a comercializar un coagulante específico procedente de Estados Unidos. Numerosos lotes del producto estaban contaminados del virus del VIH y Hepatitis C.


Como consecuencia, durante ese período se registraron a unas 211 personas enfermas de Sida y al menos unas 800 con Hepatitis C. La mayoría de aquellos pacientes falleció, pero aún quedan poco más de cien que todavía luchan por encontrar a los culpables de sus contagios.


Así, la Sala I de la Cámara Federal resolvió reabrir la causa contra los médicos Raúl Pérez Bianco, Miguel De Tezanos Pinto, Eduardo Alfredo Díaz y Eduardo Cordero Biedma. Todos ellos habían sido sobreseídos por el juez Claudio Bonadio, quien había considerado que hubo prescripción de la acción penal, iniciada en 2005.


En diciembre de 2015, la Cámara Federal de Casación Penal sostuvo, en cambio sostuvo que no había prescripción posible de la causa porque el contagio era un delito continuado y permanente. Es decir, mientras quedara alguna víctima de los contagios viva, todavía era loable mantener viva la causa. (Infobae)




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