18/08/2017

Argentina

Según la justicia jujeña, la domiciliaria para Sala es un “injusto privilegio”

Tanto el fiscal de Estado, Mariano Miranda, como el fiscal general de la provincia, Jorge Lello Sánchez, argumentaron contra la decisión del juez Gastón Mercau.
Según la justicia jujeña, la domiciliaria para Sala es un “injusto privilegio” | El Diario 24 Ampliar (1 fotos)

Para la justicia jujeña, la prisión domiciliaria es un "privilegio".

Para la Justicia jujeña, Milagro Sala "debe seguir detenida donde está" y su detención domiciliaria es un “injusto privilegio”. De ese modo, dos de los principales referentes provinciales rechazaron la resolución que tomó el juez Gastón Mercau fuera del plazo establecido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

El fiscal de Estado de Jujuy, Mariano Miranda, rechazó la prisión domiciliaria de Sala por considerar que "la decisión de la CIDH es un injusto privilegio para una persona investigada por fraude millonario". También acordó con las declaraciones del gobernador Gerardo Morales, para quien el lugar en el que alojarán a la dirigente social es "una mansión".

"Hay un juez que se ha expedido al respecto y fijó un lugar de cumplimiento de la prisión preventiva, una mansión propiedad de Milagro Sala”, declaró Miranda quien agregó que el lugar, saqueado, vale “3 millones de dólares".

"Esa vivienda fue construida con fondos que tenían otro destino, la construcción de vivienda social", agregó a Radio Mitre. "La casa tiene todo el confort, todos los lujos, más de 200 metros cuadrados", siguió y aseguró que "le habrían impedido al juez constatar el estado" de la casa que Elizabeth Gómez Alcorta, defensora de Sala, dijo que “no tiene luz, agua, ni sanitarios”.

Además, para Miranda las condiciones de detención de Sala eran "óptimas" y calificó de "contradictorio" al sentido de la cautelar dictada por el ente internacional el 28 de julio último.

Por su parte, el fiscal general de Jujuy, Jorge Lello Sánchez, declaró que Sala "debe seguir detenida donde está", en relación con el penal de Alto Comedero porque “no tuvo ninguna afectación física ni clínica".

A su vez, calificó de "irregular" la decisión porque "para eso debiera tener el expediente, el que estaba en la Corte Suprema". Y consideró que "el juez se equivocó porque una recomendación es una recomendación. Los fallos de la Corte no son contestes en decir si la recomendación es obligatoria. Sí el fallo y hasta cierto punto".




Recomienda esta nota: