04/02/2019

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Uruguay informará a la AFIP datos de las cuentas bancarias de argentinos

En 2018 comenzó a implementarse el reporte automático de información sobre las cuentas bancarias en Uruguay, pero la AFIP sólo recibió información de todas las cuentas bancarias que sus contribuyentes personas humanas
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AFIP informará sobre las cuentas argentinas en Uruguay.

Este año trae un considerable aumento de la cantidad de cuentas bancarias abiertas por los argentinos en Uruguay a cuya información accederá la AFIP, entre otras novedades impositivas para contribuyentes locales en el país vecino.

A partir de 2019, el organismo recaudador argentino comenzará a recibir información de todas las cuentas pertenecientes a personas humanas residentes en el país, sin importar el monto depositado en ellas, explicó Guzmán Ramírez, de l estudio Bergstein Abogados, Montevideo.

Por su parte, la DGI de Uruguay también tendrá acceso a información de más cuentas bancarias pertenecientes a empresas argentinas. En 2018, los bancos uruguayos solo reportaron a la DGI información de aquellas cuentas que, perteneciendo a empresas argentinas, superaban los u$s 50.000; en 2019, comenzarán a reportar todas las que superen los u$s 20.000.

En otras palabras, para las empresas argentinas el umbral bajará, y el fisco uruguayo dispondrá de más información para fiscalizar el correcto pago del Impuesto al Patrimonio en Uruguay, comentó Ramírez.

En otro orden, las personas que sean directoras de una empresa uruguaya no pagarán aportes a la seguridad social en la medida que justifiquen su residencia fiscal en Argentina, según un fallo del Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Montevideo.

El fallo dijo que el director “no era residente en nuestro país… y, por tanto, no es sujeto pasivo de aportes a la seguridad social en Uruguay“. El país de residencia es Angola, pero el criterio vale para Argentina, opinó Ramírez.

Asimismo, las empresas argentinas instaladas en Uruguay no deberán retener impuesto a la renta cuando compren mercaderías a una entidad vinculada localizada en una jurisdicción de baja o nula tributación y vendan dichas mercaderías a otras compañías instaladas en zona franca, dijo Ramírez.

La legislación uruguaya establece que cuando una empresa argentina instalada en Uruguay importa mercaderías, comprándoselas a una entidad vinculada localizada en un paraíso fiscal, está obligada a retener impuesto a la renta (a la tasa del 6%).

Según un reciente dictamen de la DGI uruguaya, dicha empresa no estaría obligada a retener dicho impuesto en el eventual caso de que, en lugar de ella importar dicha mercadería, las vendiese a una compañía instalada en un recinto aduanero (como una zona franca), siendo esta última la que en definitiva introduciría la mercadería a territorio uruguayo.

Por último, los empleados de empresas argentinas instaladas en una zona franca uruguaya, comenzarán a pagar IVA por las compras que realicen a comercios ubicados fuera de la zona franca, indicó Ramírez.

Hasta ahora, cuando un trabajador de una zona franca realizaba, -por ejemplo,- un pedido de comida a una rotisería localizada fuera de dicha zona franca, no pagaba IVA; además, la rotisería recuperaba el IVA compras asociado a dicho pedido. Pero ahora dicha compra no estará más exonerada; y la rotisería tampoco recuperará el IVA compras, concluyó Ramírez. (losprimeros.tv)




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