16/06/2021

Argentina

Alberto Fernández promulgó una nueva ley "para reivindicar" a los Bomberos Voluntarios

El Presidente encabezó el acto para promulgar la Ley 27.629.

El presidente Alberto Fernández encabezó el acto para promulgar la Ley 27.629, de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina, y advirtió que ser bombero “es la acción humana que más se acerca a lo solidario”.


“La humanidad esta viviendo un momento singular, la pandemia nos ha estremecido a todos, nos ha hecho valorar de otro modo la voluntad y la vocación del que se preocupa por el otro. Ha vuelto a ponerse en nuestro vocabulario una palabra que muchas veces quedó olvidada, que es solidaridad. Lo peor es que cierto individualismo también nos hizo perder el criterio de solidario”, aseguró el jefe de Estado el iniciar su discurso.

En ese marco, consideró: “Si uno tuviera que pensar en cual puede ser la acción humana que más se acerque a los solidario, uno inmediatamente piensa en un bombero o una bombera. No es gente que trabaja de esto sino que presta un servicio voluntario desinterasado. No los mueve el lucro, el dinero, sino la voluntad de socorrer a quien lo necesita”. Y analizó que “en tiempos como este, ese concepto de solidaridad, esa vocación de servicio y ese deseo de estar al lado de quien lo necesita adquiere una dimensión distinta”.

“Los bomberos voluntarios son muchos y la Argentina se ha acostumbrado a que existan como si fuera algo normal o habitual, y ha descuidado darle los recursos necesarios para que eso pueda existir. Son recursos que tienen que ver con camiones, equipos, instrumentos que necesitan para poder cumplir sus cometidos, eso hay que financiarlo. Eso es lo que hace esta Ley”, sostuvo, y planteó que la ley de Fortalecimiento del sistema de Bomberos Voluntarios “intenta a volver a poner las cosas en orden”.

La norma, sancionada el pasado 2 de junio, entre los beneficios que otorga se destaca que las “entidades beneficiarias gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito para los servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas natural provisto por red, agua potable y colección de desagües cloacales”.

Esa tarifario especial también incluye la “telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, que se encuentren bajo jurisdicción nacional”.

Se prescribe que el régimen tarifario especial es aplicable a las asociaciones y federaciones de bomberos voluntarios, al Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina y a la Fundación Bomberos de la Argentina, como entidades conformantes del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.

El texto establece además que el sujeto responsable inscripto en el IVA que realice ventas a estas entidades de bomberos voluntarios emitirá sus facturas con IVA tasa cero y la leyenda: “venta sujeto ley 25.054”.

La iniciativa también prevé ampliar la cobertura ante riesgos y contingencias que los bomberos voluntarios puedan sufrir en el ejercicio de sus funciones. Además, se incluyen prestaciones destinadas a cuidar a los bomberos y bomberas que sufran algún tipo de accidente, como asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y traslados.

También se contempla una prestación económica en el caso de incapacidad laboral temporaria.




Recomienda esta nota: