18/08/2022

Argentina

SUSPENSION

Abogado Rusconi se presenta como patrocinador de Venezuela en el caso del avión y solicita medidas

El estudio del abogado y exfiscal Maximiliano Rusconi se presentó

El estudio del abogado y exfiscal Maximiliano Rusconi se presentó hoy en el Poder Judicial como representante de la República Bolivariana de Venezuela y de la empresa Emtrasur en el caso del avión venezolano retenido en Ezeiza y solicitó la suspensión de los plazos en curso, copias del expediente y la "voluntad recursiva" de los tripulantes de esa nacionalidad e iraníes que son investigados para determinar si tienen relación con actividades terroristas.

En la presentación al juez federal Federico Villena, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional 1 de Lomas de Zamora, se acreditó la representación de Venezuela a través del procurador general de ese país, Reinaldo Enrique Muñoz Pedroza, que le confirió un "poder especial judicial"

En el escrito, al que accedió Télam, se requirió al magistrado que se autorice a "tomar vista y extraer copias de las presentes actuaciones, suspendiendo los plazos procesales en curso (...) con el objeto de analizar los caminos procesales tendientes al aseguramiento de los derechos de su poderdante y de ejercitar eficazmente su representación ".

También consignó que "en caso de existir aquella resolución jurisdiccional que habría dispuesto el mantener el secuestro de la aeronave", solicitará que esa decisión sea "notificada por cédula electrónica en el domicilio constituido, a efectos de interponer la impugnación correspondiente dentro del plazo de ley, debiendo comenzar su cómputo una vez notificada la decisión en forma fehaciente".

El escrito indicó que "se encuentra acreditado en autos que la Empresa de Transporte de Aerocargo del Sur (Emtrasur) resulta ser propietaria de la aeronave marca Boeing, modelo B747-3B3, matrícula YV3531 -de bandera venezolana-", y añadió que "también se encuentra acreditada en autos la

nacionalidad venezolana de 14 personas miembros de la tripulación".

"El legítimo interés de la República Bolivariana de Venezuela resulta evidente; ello, debido al vínculo de ese Estado con una sociedad de la que Emtrasur forma parte, y por tanto, como directamente perjudicado respecto del secuestro de la aeronave de bandera que habría sido dispuesto en estos autos en fecha 11/8/2022 como consecuencia de un supuesto 'pedido' cursado por el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica", se consignó en el escrito firmado por el abogado Gabriel Palmeiro, que integra el estudio de Rusconi.

"El Tratado de Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales con el gobierno de Estados Unidos de América no resulta aplicable al caso que nos ocupa -y por tanto que no puede utilizarse dicho instrumento con el objeto de cercenar los derechos de mi poderdante-.Y es que, concretamente, el instrumento referido resulta de exclusiva aplicación en los procedimientos relacionados con cuestiones penales mientras que la pretensión que pretende canalizar en autos el Gobierno de Estados Unidos de Norteamérica resulta de otra naturaleza (comercial), cuestión que, además, lo priva de legitimación

activa en estos actuados", aclaró.

El 11 de agosto Villena había hecho lugar al pedido de Estados Unidos de incautar el avión venezolano retenido en Argentina desde hace más de dos meses.

El magistrado lo resolvió en el marco del Tratado de Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales con Estados Unidos aprobado por la ley 24.034.

El avión, que permanece en el aeropuerto internacional de Ezeiza, quedará en la Argentina a disposición de la Justicia local y, ahora también, de la de Columbia, que había reclamado su incautación.

A principios de agosto el Departamento de Justicia de Estados Unidos había transmitido una solicitud a las autoridades argentinas para incautar el avión de carga Boeing 747-300, luego de que se revelara una orden de incautación emitida por la corte de Distrito de Columbia el 19 de julio pasado.

Al respecto, el abogado Palmeiro requirió al juez Villena que "suspenda los plazos procesales en curso hasta tanto esta parte haya tomado vista de las actuaciones y que, en forma inmediata -por plazo de ley- se practiquen las notificaciones correspondientes mediante cédula electrónica".

Por último, manifestó la "voluntad recursiva" de Venezuela "en tanto que la resolución en cuestión representaría una arbitraria injerencia en el patrimonio público" de ese país y en los "derechos que atañen a su soberanía".





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