Argentina
Anses
Anuncian la tarjeta "Alimentar Comunidad": cómo solicitarla y recibir el beneficio
El Ministerio de Desarrollo Social ha implementado una nueva tarjeta alimentaria como parte de un programa que busca asegurar el acceso a alimentos básicos y otros artículos esenciales. Esta iniciativa contempla la entrega de una tarjeta prepagada, tanto física como virtual, para comprar una lista específica de alimentos, productos de higiene y primeros auxilios.
Además, el Ministerio continúa entregando la Tarjeta Alimentar a aquellos que reciben la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo y las Pensiones No Contributivas, con montos que van desde $12.500 a $25.000.
Según la Resolución 230 del Ministerio, el Programa Alimentar Comunidad ha sido creado para atender de manera descentralizada las necesidades de comedores y merenderos de organizaciones sociales y comunitarias que asisten a personas en situación de vulnerabilidad social.
Todo esto en el marco de la Emergencia Alimentaria Nacional, establecida por el decreto Nº 108/2002, con el objetivo de proporcionar una transferencia monetaria para satisfacer las necesidades de la población más necesitada lo más pronto posible.
Programa Alimentar Comunidad: conoce las cinco instancias clave para su ejecución
• Implementar un sistema de transferencia monetaria por medio de tarjetas prepagas físicas o virtuales a comedores, merenderos y organizaciones sociales y comunitarias para la adquisición de alimentos, elementos de higiene, equipamiento y elementos para primeros auxilios de manera directa;
• Agilizar el abastecimiento de merenderos y organizaciones sociales y comunitarias;
• Promover sistemas de producción de alimentos a través del fortalecimiento de la economía local solidaria, social y popular y el cooperativismo;
• Propiciar la implementación de un sistema de trazabilidad en la cadena de adquisición y consumo de alimentos;
• Diseñar e implementar un sistema de monitoreo y evaluación de resultados e impactos de las acciones que componen la Línea Programática.
La prestación “Alimentar Comunidad” será adjudicada a cada uno de los comedores, merenderos de organizaciones sociales y comunitarias que cumplan con los requisitos solicitados para tal fin y que cuenten con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, inscriptos en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos (RENACOM) e incorporados al programa.
¿Quiénes cobran Alimentar Comunidad?
El plan está destinado a personas en situación de vulnerabilidad social que reciben ayuda a través de comedores y merenderos de organizaciones sociales y comunitarias.
Requisitos de la nueva tarjeta alimentaria
El Programa Alimentar Comunidad podrá ser solicitado por comedores, merenderos, organizaciones sociales y comunitarias que estén registrados en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos (RENACOM). Es importante destacar que este programa es incompatible con otros subsidios nacionales que tengan el mismo propósito y finalidad.
Los requisitos para organizaciones de la sociedad civil, comunitarias y sociales:
• Constancia de inscripción en AFIP de la organización.
• Nota de solicitud de inclusión suscripta por la máxima autoridad de la organización solicitante.
• Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.
• Copia de los DNI de las autoridades que por Estatuto representen a la entidad.
• Fotocopia autenticada del Acta o del poder de la Comisión Directiva u órgano superior equivalente de la organización, en la que se resuelve solicitar el subsidio y se autoriza al Presidente, representante legal o cargo equivalente superior a suscribir la solicitud, la aceptación, el o los convenios respectivos.
• Fotocopia autenticada del estatuto actualizado.
• Fotocopia autenticada de la designación de autoridades vigentes.
• Fotocopia autenticada de la resolución de la autoridad competente que otorgó la personería jurídica que se invoca.
Requisitos para obtener subsidio para organizaciones sociales sin personería jurídica:
• Nota de solicitud de inclusión dirigida a la Titular de la Secretaría de Articulación de Política Social, con firma ológrafa.
• Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.
• Documentación de dos personas responsables que ejercerán la representación de la organización en forma conjunta: Nombre y apellido, fotocopia de DNI (frente y dorso).
• Acta de asamblea de la organización donde conste el año de inicio de las actividades, miembros (Nombre, Apellido y DNI), objetivos, líneas de acción y población destinataria. Deberán acompañar aval firmado por miembros autorizando a la persona que ejercerá la representación y gestión relacionadas a la administración, y rendición del subsidio otorgado.
La voluntad de asociarse por sus miembros manifestada en la mencionada acta de asamblea de la organización de base, deberá ser certificada por un funcionario o agente interviniente del Ministerio de Desarrollo Social, o bien, indistintamente por, Juez de Paz, autoridad policial y/o Municipal del domicilio del presentante o escritura pública.
• Declaración Jurada por parte de la/el representante de la Organización que exprese la voluntad de inscribirla al Registro Voluntario de Simples Asociaciones de la Inspección General de Justicia o en el Registro correspondiente a su Jurisdicción.
• Dos documentos (notas, informes técnicos y otro tipo de manifestación) que avalen el trabajo de la organización en el territorio. El aval deberá ser de instituciones gubernamentales, provinciales o municipales, o no gubernamentales, y deberá estar firmado y sellado por la autoridad del área de la referida institución que tiene a su cargo la temática motivo del aval.
• Material de difusión vinculado a las actividades que realiza la organización (fotos, videos, notas de prensa, entre otros) que acrediten sus antecedentes y trabajo en el territorio, y cualquier otro documento que permita acreditar la existencia real e inserción territorial del colectivo.
• Cómo se cobra Alimentar Comunidad
• Todos los meses se realizará una única acreditación mensual.
• El monto será determinado por la autoridad de aplicación en función de la demanda que cada uno abastezca.
• Los rubros estarán limitados por sistema; es decir que no se podrán comprar otros productos no especificados en el programa.
• No hay posibilidad de retiro de efectivo.
• Estarán habilitadas tanto las tarjetas como las billeteras virtuales y los pagos mediante.