11/03/2023

Argentina

Anses

Anuncian la tarjeta "Alimentar Comunidad": cómo solicitarla y recibir el beneficio

Ministerio de Desarrollo Social reglamenta nuevo programa alimentario con tarjeta similar a la Tarjeta Alimentar.

El Ministerio de Desarrollo Social ha implementado una nueva tarjeta alimentaria como parte de un programa que busca asegurar el acceso a alimentos básicos y otros artículos esenciales. Esta iniciativa contempla la entrega de una tarjeta prepagada, tanto física como virtual, para comprar una lista específica de alimentos, productos de higiene y primeros auxilios. 

Además, el Ministerio continúa entregando la Tarjeta Alimentar a aquellos que reciben la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo y las Pensiones No Contributivas, con montos que van desde $12.500 a $25.000.

Según la Resolución 230 del Ministerio, el Programa Alimentar Comunidad ha sido creado para atender de manera descentralizada las necesidades de comedores y merenderos de organizaciones sociales y comunitarias que asisten a personas en situación de vulnerabilidad social. 

Todo esto en el marco de la Emergencia Alimentaria Nacional, establecida por el decreto Nº 108/2002, con el objetivo de proporcionar una transferencia monetaria para satisfacer las necesidades de la población más necesitada lo más pronto posible.

Programa Alimentar Comunidad: conoce las cinco instancias clave para su ejecución

Implementar un sistema de transferencia monetaria por medio de tarjetas prepagas físicas o virtuales a comedores, merenderos y organizaciones sociales y comunitarias para la adquisición de alimentos, elementos de higiene, equipamiento y elementos para primeros auxilios de manera directa;

Agilizar el abastecimiento de merenderos y organizaciones sociales y comunitarias;

Promover sistemas de producción de alimentos a través del fortalecimiento de la economía local solidaria, social y popular y el cooperativismo;

Propiciar la implementación de un sistema de trazabilidad en la cadena de adquisición y consumo de alimentos;

Diseñar e implementar un sistema de monitoreo y evaluación de resultados e impactos de las acciones que componen la Línea Programática.

La prestación “Alimentar Comunidad” será adjudicada a cada uno de los comedores, merenderos de organizaciones sociales y comunitarias que cumplan con los requisitos solicitados para tal fin y que cuenten con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, inscriptos en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos (RENACOM) e incorporados al programa.

¿Quiénes cobran Alimentar Comunidad?

 El plan está destinado a personas en situación de vulnerabilidad social que reciben ayuda a través de comedores y merenderos de organizaciones sociales y comunitarias.

Requisitos de la nueva tarjeta alimentaria

El Programa Alimentar Comunidad podrá ser solicitado por comedores, merenderos, organizaciones sociales y comunitarias que estén registrados en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos (RENACOM). Es importante destacar que este programa es incompatible con otros subsidios nacionales que tengan el mismo propósito y finalidad.

Los requisitos para organizaciones de la sociedad civil, comunitarias y sociales:

Constancia de inscripción en AFIP de la organización.

Nota de solicitud de inclusión suscripta por la máxima autoridad de la organización solicitante.

Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.

Copia de los DNI de las autoridades que por Estatuto representen a la entidad.

Fotocopia autenticada del Acta o del poder de la Comisión Directiva u órgano superior equivalente de la organización, en la que se resuelve solicitar el subsidio y se autoriza al Presidente, representante legal o cargo equivalente superior a suscribir la solicitud, la aceptación, el o los convenios respectivos.

Fotocopia autenticada del estatuto actualizado.

Fotocopia autenticada de la designación de autoridades vigentes.

Fotocopia autenticada de la resolución de la autoridad competente que otorgó la personería jurídica que se invoca.

Requisitos para obtener subsidio para organizaciones sociales sin personería jurídica:

Nota de solicitud de inclusión dirigida a la Titular de la Secretaría de Articulación de Política Social, con firma ológrafa.

Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.

Documentación de dos personas responsables que ejercerán la representación de la organización en forma conjunta: Nombre y apellido, fotocopia de DNI (frente y dorso).

Acta de asamblea de la organización donde conste el año de inicio de las actividades, miembros (Nombre, Apellido y DNI), objetivos, líneas de acción y población destinataria. Deberán acompañar aval firmado por miembros autorizando a la persona que ejercerá la representación y gestión relacionadas a la administración, y rendición del subsidio otorgado. 

La voluntad de asociarse por sus miembros manifestada en la mencionada acta de asamblea de la organización de base, deberá ser certificada por un funcionario o agente interviniente del Ministerio de Desarrollo Social, o bien, indistintamente por, Juez de Paz, autoridad policial y/o Municipal del domicilio del presentante o escritura pública.

Declaración Jurada por parte de la/el representante de la Organización que exprese la voluntad de inscribirla al Registro Voluntario de Simples Asociaciones de la Inspección General de Justicia o en el Registro correspondiente a su Jurisdicción.

Dos documentos (notas, informes técnicos y otro tipo de manifestación) que avalen el trabajo de la organización en el territorio. El aval deberá ser de instituciones gubernamentales, provinciales o municipales, o no gubernamentales, y deberá estar firmado y sellado por la autoridad del área de la referida institución que tiene a su cargo la temática motivo del aval.

Material de difusión vinculado a las actividades que realiza la organización (fotos, videos, notas de prensa, entre otros) que acrediten sus antecedentes y trabajo en el territorio, y cualquier otro documento que permita acreditar la existencia real e inserción territorial del colectivo.

Cómo se cobra Alimentar Comunidad

Todos los meses se realizará una única acreditación mensual.

El monto será determinado por la autoridad de aplicación en función de la demanda que cada uno abastezca.

Los rubros estarán limitados por sistema; es decir que no se podrán comprar otros productos no especificados en el programa.

No hay posibilidad de retiro de efectivo.

Estarán habilitadas tanto las tarjetas como las billeteras virtuales y los pagos mediante.




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