31/05/2023

Argentina

Economía

AFIP aumentará la vigilancia sobre los gastos realizados con tarjeta de débito

Usuarios de tarjetas de débito recibirán informes a partir de junio, según nuevas regulaciones.

A través de una resolución general, la AFIP ha modificado los montos que deben ser informados por las entidades financieras. Hasta abril de este año, las compras con tarjeta de débito que superaban los $30.000 debían ser informadas. Sin embargo, debido a la inflación, el nuevo monto establecido es de $200.000. 

La Resolución General N° 4.298 de 2018, junto con sus modificaciones y complementos, estableció un régimen de información para las entidades financieras. 

Según la AFIP, "razones de administración tributaria hacen necesario actualizar los montos a partir de los cuales los sujetos obligados deben informar en estos regímenes". Anteriormente, dicho monto era de $30.000.

Información que las entidades financieras deben proporcionar por ley:

1. Altas, bajas y modificaciones en relación a la lista de cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas de sueldo o de seguridad social, y cuentas especiales.

2. El total acumulado de las acreditaciones mensuales en las cuentas en moneda nacional o extranjera, cuando dicho total sea igual o superior a DOSCIENTOS MIL PESOS ($200.000).

3. El total acumulado de las extracciones mensuales en efectivo de las cuentas en moneda nacional o extranjera, cuando dicho total sea igual o superior a DOSCIENTOS MIL PESOS ($200.000).

4. Los saldos de las cuentas que, al final del último día hábil del mes informado, sean iguales o superiores a DOSCIENTOS MIL PESOS ($200.000) en valores absolutos.

5. El total acumulado de los depósitos a plazo realizados durante el período mensual de información, cuando dicho total sea igual o superior a DOSCIENTOS MIL PESOS ($200.000).

6. Los consumos realizados con tarjetas de débito en el país por el titular y/o los adicionales, cuando los montos acumulados sean iguales o superiores a CIENTO VEINTE MIL PESOS ($120.000) mensuales en cada cuenta informada.

7. Los consumos realizados con tarjetas de débito en el extranjero por el titular y/o los adicionales.




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