08/07/2021

Argentina

JUSTICIA

Reactivaron una causa contra Carlos Blaquier por delitos de lesa humanidad

Analizan los delitos cometidos en “La Noche del Apagón” en Jujuy, en plena dictadura militar.

La Corte Suprema de Justicia decidió este jueves revocar la falta de mérito que había beneficiado a Carlos Pedro Tadeo Blaquier, de 93 años, y Alberto Enrique Lemos, de 79, ex presidente y ex administrador del Ingenio Ledesma, respectivamente, investigados por delitos de lesa humanidad en la denominada “La Noche del Apagón” en Jujuy. 
El fallo puso límites a la interpretación que había hecho la Cámara Federal de Casación en la causa, aseguró que “la investigación fue coartada por múltiples obstáculos legales” e instó a dictar un nuevo pronunciamiento sobre la situación de los empresarios.
Blaquier y Lemos habían sido procesados en primera y segunda instancia por la Justicia de Jujuy, pero la Cámara Federal de Casación había revocado esa decisión y dictado una falta de mérito. Fente a ello, la fiscalía y las querellas apelaron. Hace un mes, la Secretaría de Derechos Humanos había reclamado una pronta definición sobre el caso.
Hoy, los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti resolvieron que Blaquier y Lemos deben continuar siendo investigados porque la decisión de Casación que los había beneficiado era inválida.
En disidencia, el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, se pronunció por no habilitar el recurso. “No se ha demostrado la configuración de una situación de gravedad institucional y la decisión apelada no genera, en modo alguno, una ruptura del compromiso con el juzgamiento de esta clase de delitos”, señaló en su voto. El juez Ricardo Lorenzetti no formó parte de la decisión.
El caso
La causa comenzó en el 2009 e investiga los hechos ocurridos en la llamada “Noche del Apagón”, entre el 20 y el 27 de julio de 1976 en las localidades de Libertador General San Martín, sede del Ingenio, y la vecina Calilegua, cuando -según la denuncia- el Ejército secuestró a una veintena de personas con vehículos de la compañía.
El Juzgado Federal N° 2 de Jujuy, con la firma del juez Fernando Pouvina, había procesado en 2012 a un grupo de personas por estos crímenes. Entre ellos estaban Blaquier y Lemos, a quienes se investiga por la privación ilegítima de la libertad agravada del ex intendente de Libertador General San Martín (Jujuy), Luis Ramón Aredez, y de Omar Claudio Gainza y Carlos Alberto Melián. La Cámara Federal de Salta ratificó esos procesamientos al año siguiente. Sin embargo, cuando las defensas apelaron en Casación, los miembros de la Sala IV revocaron en 2015 el fallo y dictaron la falta de mérito.
En ese momento, los jueces que beneficiaron a los imputados dijeron que no estaba probado que “los imputados se hubieran representado que los vehículos prestados por la empresa y utilizados por los represores para secuestrar a las víctimas serían utilizados por las fuerzas de seguridad para cometer las detenciones ilegales llevadas a cabo”. Tal consideración llegó luego de dos sentencias -el doble conforme- que sostenían lo inverso, es decir, que Blaquier y Lemos conocían muy bien el fin que se les iba a dar a los vehículos”.

La Corte Suprema de Justicia decidió este jueves revocar la falta de mérito que había beneficiado a Carlos Pedro Tadeo Blaquier, de 93 años, y Alberto Enrique Lemos, de 79, expresidente y ex administrador del Ingenio Ledesma, respectivamente, investigados por delitos de lesa humanidad en la denominada “La Noche del Apagón” en Jujuy. 

El fallo puso límites a la interpretación que había hecho la Cámara Federal de Casación en la causa, aseguró que “la investigación fue coartada por múltiples obstáculos legales” e instó a dictar un nuevo pronunciamiento sobre la situación de los empresarios, informó Infobae.

Blaquier y Lemos habían sido procesados en primera y segunda instancia por la Justicia de Jujuy, pero la Cámara Federal de Casación había revocado esa decisión y dictado una falta de mérito. Fente a ello, la fiscalía y las querellas apelaron. Hace un mes, la Secretaría de Derechos Humanos había reclamado una pronta definición sobre el caso.

Hoy, los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti resolvieron que Blaquier y Lemos deben continuar siendo investigados porque la decisión de Casación que los había beneficiado era inválida.

En disidencia, el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, se pronunció por no habilitar el recurso. “No se ha demostrado la configuración de una situación de gravedad institucional y la decisión apelada no genera, en modo alguno, una ruptura del compromiso con el juzgamiento de esta clase de delitos”, señaló en su voto. El juez Ricardo Lorenzetti no formó parte de la decisión.

El caso

La causa comenzó en el 2009 e investiga los hechos ocurridos en la llamada “Noche del Apagón”, entre el 20 y el 27 de julio de 1976 en las localidades de Libertador General San Martín, sede del Ingenio, y la vecina Calilegua, cuando -según la denuncia- el Ejército secuestró a una veintena de personas con vehículos de la compañía.

El Juzgado Federal N° 2 de Jujuy, con la firma del juez Fernando Pouvina, había procesado en 2012 a un grupo de personas por estos crímenes. Entre ellos estaban Blaquier y Lemos, a quienes se investiga por la privación ilegítima de la libertad agravada del ex intendente de Libertador General San Martín (Jujuy), Luis Ramón Aredez, y de Omar Claudio Gainza y Carlos Alberto Melián. La Cámara Federal de Salta ratificó esos procesamientos al año siguiente. Sin embargo, cuando las defensas apelaron en Casación, los miembros de la Sala IV revocaron en 2015 el fallo y dictaron la falta de mérito.

En ese momento, los jueces que beneficiaron a los imputados dijeron que no estaba probado que “los imputados se hubieran representado que los vehículos prestados por la empresa y utilizados por los represores para secuestrar a las víctimas serían utilizados por las fuerzas de seguridad para cometer las detenciones ilegales llevadas a cabo”. Tal consideración llegó luego de dos sentencias -el doble conforme- que sostenían lo inverso, es decir, que Blaquier y Lemos conocían muy bien el fin que se les iba a dar a los vehículos”.

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