29/02/2020

Argentina

SALUD

El Gobierno nacional ya trabaja en la nueva ley de Cannabis medicinal

Despenalización, legalización y regulación: los tres conceptos claves para entender el debate que se viene en la Argentina. La ley saldría en el mes de abril.

El ministro de salud Ginés González García, expresó en declaraciones a la prensa que ya se trabajar en modificar la reglamentación de la Ley de Cannabis medicinal "para mejorarla" y el cambio, en principio, sería para abril.
“La reglamentación es mala, limitó los alcances y el espíritu de la ley. Además, ha creado un mercado horrible, ilegal, con mucho fraude, y hay que romper con eso. Muchas madres nos piden esto, vamos a atender inmediatamente y modificar el estado de situación", había expresado en su momento el Ministro de Salud de la Nación.
Para entender los conceptos claves sobre esta nueva regulación, que marcará el debate en los próximos días; es necesario clarificar el alcance de los términos de despenalización, legalización y regulación.  
Despenalización: Abordaje sobre conductas humanas que son consideradas como delito por la actual legislación penal. Ej: Se despenaliza la tenencia para consumo personal de cualquier sustancia, el autocultivo, etc. La despenalización de determinadas conductas es independiente de la sustancia que se consuma. 
Por ejemplo, no debiera despenalizarse únicamente la tenencia de cannabis y seguir persiguiendo a las personas que consumen otras sustancias sin afectar derechos de terceros (único límite constitucional). Mantener la persecución de tales personas sería inconstitucional y discriminatorio. 
Los fallos Bazterrica y Arriola exigen la despenalización de conductas asociadas al consumo por estar protegidas por la Constitución Nacional, sin excepciones que hagan a la sustancia consumida. En el debate público conviene hablar de "no criminalización" de las personas que consumen, ya que suele confundirse despenalización con legalización.
Legalización: Abordaje sobre las sustancias que actualmente se encuentran prohibidas. Traspaso desde la prohibición a la legalidad de su cadena de valor. Ej: Se legaliza el cannabis, etc. A diferencia de la despenalización, mediante este abordaje es legítimo, bajo criterios de oportunidad, seleccionar la sustancia sobre la cual se legaliza. Por ejemplo, se legaliza el cannabis, pero no la cocaína. 
La legalización puede ser de mercado abierto, la cual se rige por las reglas de oferta y demanda del mercado sin mayor intervención estatal; o una legalización controlada mediante una estrategia de regulación.
Regulación: Proceso complementario a la legalización que establece ciertos requisitos para toda la cadena de valor de la sustancia, desde la siembra, producción, distribución, comercio, consumo, etc. 
Ej: Se prohíbe la venta a menores de edad, la publicidad, manejar bajo los efectos de la sustancia, se permite la venta en determinados espacios, se brinda licencias de producción, se establecen tributos, se controla el precio, etc. 
En el debate público es correcto hablar de la despenalización de las conductas asociadas al consumo de cualquier sustancia (tenencia por ejemplo), y la regulación específica de alguna de ellas (cannabis por ejemplo). Son abordajes complementarios y necesarios que no presentan antagonismos.

El ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, expresó en declaraciones a la prensa que ya se trabaja en modificar la reglamentación de la Ley de Cannabis medicinal "para mejorarla" y el cambio, en principio, sería para abril.

“La reglamentación es mala, limitó los alcances y el espíritu de la ley. Además, ha creado un mercado horrible, ilegal, con mucho fraude, y hay que romper con eso. Muchas madres nos piden esto, vamos a atender inmediatamente y modificar el estado de situación", había expresado en su momento el Ministro de Salud de la Nación.

Para entender los conceptos claves sobre esta nueva regulación, que marcará el debate en los próximos días; es necesario clarificar el alcance de los términos de despenalización, legalización y regulación.  


Despenalización: Abordaje sobre conductas humanas que son consideradas como delito por la actual legislación penal. Ej: Se despenaliza la tenencia para consumo personal de cualquier sustancia, el autocultivo, etc.

La despenalización de determinadas conductas es independiente de la sustancia que se consuma. 

Por ejemplo, no debiera despenalizarse únicamente la tenencia de cannabis y seguir persiguiendo a las personas que consumen otras sustancias sin afectar derechos de terceros (único límite constitucional).

Mantener la persecución de tales personas sería inconstitucional y discriminatorio. 

Los fallos Bazterrica y Arriola exigen la despenalización de conductas asociadas al consumo por estar protegidas por la Constitución Nacional, sin excepciones que hagan a la sustancia consumida. En el debate público conviene hablar de "no criminalización" de las personas que consumen, ya que suele confundirse despenalización con legalización.

Legalización: Abordaje sobre las sustancias que actualmente se encuentran prohibidas. Traspaso desde la prohibición a la legalidad de su cadena de valor. Ej: Se legaliza el cannabis, etc. A diferencia de la despenalización, mediante este abordaje es legítimo, bajo criterios de oportunidad, seleccionar la sustancia sobre la cual se legaliza.

Por ejemplo, se legaliza el cannabis, pero no la cocaína. 
La legalización puede ser de mercado abierto, la cual se rige por las reglas de oferta y demanda del mercado sin mayor intervención estatal; o una legalización controlada mediante una estrategia de regulación.

Regulación: Proceso complementario a la legalización que establece ciertos requisitos para toda la cadena de valor de la sustancia, desde la siembra, producción, distribución, comercio, consumo, etc. 

Ej: Se prohíbe la venta a menores de edad, la publicidad, manejar bajo los efectos de la sustancia, se permite la venta en determinados espacios, se brinda licencias de producción, se establecen tributos, se controla el precio, etc. 

En el debate público es correcto hablar de la despenalización de las conductas asociadas al consumo de cualquier sustancia (tenencia por ejemplo), y la regulación específica de alguna de ellas (cannabis por ejemplo). Son abordajes complementarios y necesarios que no presentan antagonismos.




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