02/10/2016

Argentina

Se reavivó el debate en torno al consumo personal de la hoja de coca en el país

Ocurrió luego de que cuatro choferes que conducían colectivos de egresados dieran positivo en un test de droga. Conocé lo que dice la ley y que opina Patricia Bullrich sobre el tema.

Se reavivó el debate sobre si el consumo personal de la hoja de coca es sinónimo de tenencia y consumo de estupefacientes luego de que cuatro choferes que conducían colectivos de egresados diera positivo en un test de droga. En esta nota te contamos lo que dice la ley y te mostramos la polémica postura de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.


El hecho de los colectiveros se conoció el viernes pasado en un control caminero en Bahía Blanca. En ese momento, uno de los conductores afirmó que mascaba coca y que “no era un drogadicto”. Esto fue motivo suficiente para avivar la polémica en torno del consumo personal de la hoja de coca en el país.


Hubo diferentes repercusiones, pero se acentuaron en la prohibición de la coca en las rutas del país. Sin embargo, desde 1989 está vigente en Argentina la Ley 23.737, llamada por algunos la ley de drogas. El artículo 15 de esa norma establece que la tenencia y el deguste de hojas de coca en su estado natural, destinado al coqueo o su empleo como infusión, no serán considerados tenencia o consumo de estupefacientes. Ya entonces, el uso personal de la coca era legal en el territorio nacional.


Sin embargo, en el juzgado de faltas de Bahía Blanca increíblemente se consideró a esta costumbre del norte argentino una contravención, basándose en una norma local de tránsito.




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