28/12/2015

Argentina

Precisaron los mecanismos de retención del 5 por ciento en compras de turismo y pasajes

La norma modifica la resolución general 3819 que establece el régimen en "atención a las inquietudes planteadas por las entidades representativas del sector involucrado".

La Administración Federal de Ingresos Públicos estableció, mediante la resolución 3825, publicada en el Boletín Oficial que la retención del 5 por ciento en la compra de paquetes turísticos y pasajes aéreos al exterior que se realicen en dólares o pesos se aplicará también a las operaciones canceladas mediante depósitos en cuenta. 

Así se modifica la resolución general 3819 emitida el 17 de diciembre donde se estableció el régimen en "atención a las inquietudes planteadas por las entidades representativas del sector involucrado". 

Por otro lado se detalla que los sujetos residentes o radicados en el país del cual adquieran los servicios, serán pasibles de la percepción. "El importe a percibir se determinará aplicando sobre el precio —neto de impuestos y tasas— de cada operación alcanzada, la alícuota del cinco por ciento (5%)", dice la comunicación y agrega: "el monto de la percepción se calculará aplicando la alícuota prevista en el párrafo precedente sobre la tarifa facial". 

Por otro lado en el caso de operaciones en moneda extranjera, las mismas se convertirán a moneda local aplicando el tipo cambio vendedor. 



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