29/12/2023

Argentina

política

La Corte Suprema aceptó analizar el DNU de Milei: pero lo hará recién en febrero

La decisión del máximo tribunal viene relacionado al pedido del Gobierno de La Rioja, que solicitó este viernes que se declare la "inconstitucionalidad manifiesta" del DNU 70/2023.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha aceptado revisar la constitucionalidad del DNU de Javier Milei, pero ha señalado que lo hará después del receso judicial de verano, en febrero próximo.


Esta determinación responde a la solicitud del Gobierno de La Rioja, que presentó el viernes pasado una petición para declarar la "inconstitucionalidad manifiesta" del DNU 70/2023 de desregulación económica, solicitando una medida cautelar que suspenda de inmediato su aplicación y que la Corte asuma la "competencia originaria" para abordar el asunto.


La presentación de La Rioja fue realizada a través de una "acción declarativa de certeza" presentada por el gobernador Ricardo Quintela, con la representación legal de los abogados Raúl Zaffaroni y Raúl Ferreyra.


Además, se solicitó al máximo tribunal que permita resolver la causa durante la feria judicial de enero, que comienza la próxima semana, siendo el primer caso que llega directamente a la Corte contra el decreto de Javier Milei que entró en vigor hoy.


En la "acción declarativa de certeza," se busca la declaración de "la nulidad absoluta e insanable del decreto n°70/2023 por ser manifiestamente contrario a la Constitución" y la dictación inmediata de "una medida cautelar que disponga la suspensión total de los efectos."


También se insta a la Corte a ordenar al Poder Ejecutivo "no aplicar ninguna de sus disposiciones hasta la resolución definitiva de la presente causa."


La justificación de la competencia originaria del máximo tribunal radica en que en la causa participa una provincia que demanda al Gobierno nacional. Los abogados argumentan que "corresponde a la instancia originaria las causas que se susciten entre una provincia y el Estado federal, en todo tipo de asuntos."


El DNU, firmado el 21 de diciembre pasado y puesto en vigencia hoy, "produce perjuicios irreparables por ser contrario a los arts. 1, 5, 14, 14 bis, 17, 19, 28, 29, 31, 36, 75, 99, 121 y subsiguientes de la Constitución federal y los artículos 26 y 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH)," según detallaron Zaffaroni y Ferreyra.


Por lo tanto, se solicita "resolver la incertidumbre" en relación con su aplicación y ante la "gravedad institucional, que conmueve duramente las bases republicanas y democráticas de Argentina y, por ende, trasciende los márgenes del caso," advirtieron.




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