04/05/2021

Argentina

Decisión

Clases presenciales: la Corte Suprema dio a conocer su fallo

Rosenkrantz, Maqueda, Lorenzetti y Rosatti estuvieron de acuerdo. Highton se abstuvo de votar.

Luego de idas y vueltas e incerditumbre, la Corte Suprema falló este martes a favor de la autonomía porteña y así respaldó las clases presenciales como pedía la Ciudad. "Se violó la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires", sostuvieron los magistrados.


El falló salió por unanimidad con los votos de Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti. Elena Highton se abstuvo de votar porque consideró que la presentación porteña no era competencia de la Corte Suprema.

En el fallo, los cuatro jueces respaldaron de manera unánime la autonomía de la Ciudad. Así lo expresaron en el escrito: "Por ello, y oído el señor Procurador General de la Nación, se hace lugar a la demanda respecto del planteo referido a que en el caso concreto se violó la autonomía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Rosatti y Maqueda, que fueron convencionales constituyentes en Santa Fe, donde en 1994 se sancionó la reforma constitucional que declaró autónoma a la Ciudad, votaron en sintonía. Argumentaron sobre el federalismo y sentaron postura sobre la educación.

"Corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -al igual que a las provincias- la atribución para decidir sobre los modos de promover y asegurar la educación de sus habitantes y decidir sobre su modalidad", indica Clarín. En su argumentación fueron más allá y sostuvieron que la definición de la Corte debe aplicarse para "casos futuros". O sea, no solo aplicará sobre el DNU vencido sino que servirá para cualquier próxima decisión que afecte la autonomía de la Ciudad y también sobre el nuevo DNU que prohibió la presencialidad en las escuelas porteñas.

"La decisión adoptada por el Tribunal es un criterio de máxima relevancia institucional en el marco del federalismo argentino y debe aplicarse a casos futuros", sostuvieron. Además, cuestionaron la idea del AMBA. Sostuvieron que "no es una región" en términos constitucionales y que más allá de su pertinencia estratégica –que la Corte consideró que no le corresponde analizar- no justifica desconocer potestades constitucionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.




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