05/12/2023

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Estos son los requisitos para vender pirotecnia en San Miguel de Tucumán

Ya están abiertas las inscripciones para pedir el permiso para la venta de pirotecnia no ruidosa. La Dirección de Defensa Civil controlará que los locales cumplan todas las condiciones de seguridad.

Los comerciantes interesados en vender artículos de pirotecnia sin estallido ruidoso en el ámbito de la Capital ya pueden inscribirse para solicitar el permiso otorgado por la Municipalidad de San Miguel de Tucumán. Así lo anunció el director de Defensa Civil municipal, Oscar Leal, quien informó que las inscripciones están abiertas desde el 1º de diciembre y se extenderán hasta el 15 del corriente mes.


“Estamos recibiendo inscripciones de todos los comerciantes que deseen vender pirotecnia para las festividades. Para solicitar el permiso, deben acudir a la Dirección de Defensa Civil, donde les proporcionaremos asesoramiento sobre los requisitos necesarios para habilitar su local. Esto es previo a la habilitación”, explicó Leal.


La gestión se lleva a cabo de forma presencial, los días hábiles, de 8 a 13, en Italia 2.800. Allí deben presentar una fotocopia del DNI del titular y propietario del local, autorización para ejercer la actividad y la boleta del CISI o certificado de libre deuda.


El titular de Defensa Civil municipal detalló algunos requisitos y condiciones de seguridad que los negocios deben cumplir para poder vender pirotecnia.


- Los locales no pueden ubicarse en el cuadrante comprendido por Santiago del Estero, General Paz, Salta-Jujuy y las avenidas Avellaneda y Sáenz Peña.  

- Deben estar a una distancia mayor a 50 metros de establecimientos educativos, hospitales, sanatorios, pinturerías y estaciones de servicios.  

- No se permiten locales de venta de pirotecnia en galerías comerciales, supermercados, shoppings, playas de estacionamiento y la planta baja de edificios destinados a viviendas.  

- Las paredes deben ser de mampostería, los techos de hormigón y el piso de material no inflamable. Además, se controlará que cuenten con baldes con arena, extintores, luces de emergencia y los carteles reglamentarios de “Prohibido Fumar” y “Prohibida la venta a menores de 16 años”, entre otros.

- La venta en la vía pública está prohibida.


Leal recordó también que está vigente la ordenanza 5037, que prohíbe “la comercialización, tenencia, uso y manipulación de elementos de pirotecnia y cohetería explosiva de tipo ruidoso”.  Se trata de los cohetes que generen ruidos mayores a 70 decibeles, ya que tienen efectos negativos en los animales y en las personas con sensibilidad auditiva, especialmente en pacientes con el Trastorno del Espectro Autista (TEA).


“Después del 15 de diciembre vamos a realizar un control en los locales para verificar que estén cumpliendo con todo lo solicitado. Recorreremos toda la ciudad para verificar los puntos habilitados y, si detectamos incumplimientos, procederemos a la clausura”, advirtió el funcionario.


Por último, solicitó a los vecinos que adquieran artículos pirotécnicos únicamente en lugares habilitados, en resguardo de su seguridad y la de sus familias. “El vecino primero debe asegurarse de que los locales estén habilitados al comprar, y evitar adquirir pirotecnia en la vía pública debido a la incertidumbre sobre su procedencia”, recalcó.




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