16/11/2020

Argentina

Decreto

Es oficial: el Gobierno nacional prorrogó la prohibición de despidos y suspensiones

Lo hizo a través del Decreto 891/2020, que fue publicado este lunes en el Boletín Oficial.
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Foto: Télam

El Gobierno prorrogó nuevamente y por otros 60 días la prohibición de los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, que vencía el 30 de noviembre.


Lo hizo a través del Decreto 891/2020, que fue publicado este lunes en el Boletín Oficial. La medida, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y de todos los ministros, había sido confirmada la semana pasada por el titular de la cartera de Trabajo, Claudio Moroni, tras una reunión con dirigentes de la CGT.

Se trata del cuarto DNU que emiten las autoridades nacionales sobre el tema, siendo que la primera vez que se dispuso esto fue el primero de abril de este año. Los fundamentos en esta ocasión fueron los mismos que en los casos anteriores.

En el texto oficial dado a conocer hoy, el Gobierno aclara que antes de la pandemia el país, a fines de 2019, ya se encontraba "en crisis económica", que se agravó con la aparición del coronavirus. "La pandemia de Covid-19 ha producido una merma considerable en la actividad económica a nivel mundial de la que nuestro país no se encuentra exento, por lo cual se entiende necesario y conveniente - más allá de las particularidades de cada región-, prorrogar la normativa existente respecto de la prohibición de despidos", se explica en los considerandos del decreto dado a conocer hoy.

Así el Gobierno resolvió prorrogar hasta el 29 de enero de 2021 "la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 761/20 (30 de noviembre)".

Además, también determinó en su artículo tercero "la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo" también hasta fines de enero del año que viene.

"Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el artículo 2° y en el primer párrafo del artículo 3º del presente decreto no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales", se aclara en el Boletín Oficial. Este marco incluye a todos los trabajados a excepción de los contratados con posterioridad a la publicación del decreto dado a conocer hoy.




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