27/06/2021

Argentina

BOLETÍN OFICIAL

Qué dice el decreto de prohibición de los despidos y las suspensiones

Mañana se publicará el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU). Los detalles de la medida.

En el marco del Decreto N° 34/19, donde se declaró la emergencia pública en materia ocupacional, este lunes 28 de junio, se publicará el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en el Boletín Oficial que prorroga las prohibiciones de despidos y suspensiones hasta el 31 de diciembre de 2021.
Con la ampliación de los Decretos N° 528/20, N° 961/20 y N° 39/21, la emergencia pública respecto al área económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, tras el inicio de la pandemia del Covid-19, se extendió el plazo de vigencia gracias al Decreto N° 167/21.
En Argentina, así como también en muchos países del mundo, el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), trajo diversas complicaciones en los ciudadanos. "Desde malestar psicológico hasta hambre y desempleo, que si bien ya existía, la situación se agravó", sostuvieron desde el Gobierno.
A medida que se propagaba la circulación del coronavirus, se fueron diferenciando a las distintas áreas geográficas del país, entre aquellas que pasaron a una etapa de distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO) y aquellas que debieron retornar a la etapa de ASPO, de acuerdo al estatus sanitario de cada provincia, departamento y aglomerado, por sucesivos períodos.
"Y si bien se establecieron medidas generales de prevención focalizadas en la contención, como lo fueron los beneficios económicos tales como el Ingreso Familiar de Emergencia, con el fin de mitigar el impacto social del virus SARS-CoV-2, el Estado Nacional se vio obligado a ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia", justificó el Gobierno esta medida.
De esta manera, el presidente Alberto Fernández dictó apoyo y sostén para el funcionamiento de las medidas de tutela y protección de los puestos de trabajo, a través de los Decretos Nº 329/20, 487/20, 624/20, 761/20, 891/20, 39/21, 266/21 y 345/21.
"Mientras el país afronta el escenario de la segunda ola de Covid-19, los trabajadores argentinos dispondrán de decisiones de mayor intensidad en términos de pérdida de ingresos. De esta manera, con políticas laborales, se prohíben suspensiones y despidos sin causa justa", cerró la administración nacional la justificación para extender la prohibición de despidos y suspensiones.
En el marco del Decreto N° 34/19, donde se declaró la emergencia pública en materia ocupacional, este lunes 28 de junio, se publicará el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en el Boletín Oficial que prorroga las prohibiciones de despidos y suspensiones hasta el 31 de diciembre de 2021.

Con la ampliación de los Decretos N° 528/20, N° 961/20 y N° 39/21, la emergencia pública respecto al área económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, tras el inicio de la pandemia del Covid-19, se extendió el plazo de vigencia gracias al Decreto N° 167/21.

En Argentina, así como también en muchos países del mundo, el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), trajo diversas complicaciones en los ciudadanos. "Desde malestar psicológico hasta hambre y desempleo, que si bien ya existía, la situación se agravó", sostuvieron desde el Gobierno.

A medida que se propagaba la circulación del coronavirus, se fueron diferenciando a las distintas áreas geográficas del país, entre aquellas que pasaron a una etapa de distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO) y aquellas que debieron retornar a la etapa de ASPO, de acuerdo al estatus sanitario de cada provincia, departamento y aglomerado, por sucesivos períodos.

"Y si bien se establecieron medidas generales de prevención focalizadas en la contención, como lo fueron los beneficios económicos tales como el Ingreso Familiar de Emergencia, con el fin de mitigar el impacto social del virus SARS-CoV-2, el Estado Nacional se vio obligado a ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia", justificó el Gobierno esta medida.

De esta manera, el presidente Alberto Fernández dictó apoyo y sostén para el funcionamiento de las medidas de tutela y protección de los puestos de trabajo, a través de los Decretos Nº 329/20, 487/20, 624/20, 761/20, 891/20, 39/21, 266/21 y 345/21.

"Mientras el país afronta el escenario de la segunda ola de Covid-19, los trabajadores argentinos dispondrán de decisiones de mayor intensidad en términos de pérdida de ingresos. De esta manera, con políticas laborales, se prohíben suspensiones y despidos sin causa justa", cerró la administración nacional la justificación para extender la prohibición de despidos y suspensiones.



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