04/07/2018

Argentina

Se aprobó la 'Ley Justina' que convierte a todos los argentinos en donantes

La norma establece que todos los ciudadanos mayores de edad serán donantes de órganos a menos que manifiesten su voluntad de no serlo. Aquí las claves.
Se aprobó la 'Ley Justina' que convierte a todos los argentinos en donantes | El Diario 24 Ampliar (1 fotos)

Los familiares de Justina Lo Cane, fallecida a los 12 años a la espera de un corazón, en cuyo caso se inspiraron las modificaciones.

La Cámara de Diputados sancionó por unanimidad el proyecto de “ley Justina”, que establece que todas las personas son donantes de órganos, salvo que hubieran expresado su voluntad contraria en vida.


Ahora la iniciativa debe ser reglamentada por el Ejecutivo. La ley fue sancionada por 202 votos a favor, sin abstenciones. 


El proyecto, del senador Juan Carlos Marino, había sido aprobado en el Senado por unanimidad el 30 de mayo. En Diputados no necesitó discusión. Con pleno consenso se votó la ley que adoptó el nombre de Justina Lo Cane, la nena de 12 años que falleció el año pasado, el 22 de noviembre, por no recibir un trasplante de corazón a tiempo.


Como pasó en el Senado, los padres de Justina, Ezequiel y Paola, también sus hermanos y abuelos, siguieron todas las alternativas, presentes en el recinto -junto al senador Marino-, con profunda emoción.


El cambio en la ley de transplantes es determinante porque implica que los familiares de alguien fallecido ya no serán los encargados de autorizar la donación. "Podrá realizarse la ablación de órganos y/o tejidos a toda persona capaz mayor de 18 años que no haya dejado constancia expresa de oposición a que después de su muerte se realice la extracción de los mismos", señala el proyecto.


La iniciativa también impondrá la obligación a los profesionales médicos de notificar al INCUCAI sobre los tratamientos de diálisis que le realicen a un paciente, o cuando le indiquen la realización de un trasplante. También establece que para asegurar la calidad de todo lo relativo a donación y trasplante, se deberá destinar como mínimo un 20% de los recursos del Fondo Solidario de Trasplantes a capacitación.




La ley remarca los derechos de los donantes y receptores a la intimidad, la integridad, la confidencialidad, la información y el trato igualitario. También establece la prioridad de traslado en forma aérea o terrestre de los pacientes que están en el medio de un operativo de donación.


Por otra parte, en el caso de los menores se posibilita la obtención de la autorización para la ablación por los dos padres o por aquel que se encuentre presente en el momento. Además, se van a simplificar los procesos que requieren la intervención de la Justicia.


El proyecto resalta que se podrá realizar la ablación de órganos a toda persona mayor de 18 años que no haya dejado una constancia expresa de su oposición a la donación. También se incorporará la Donación Renal Cruzada.


En lo que respecta a los certificados de fallecimiento, se simplicarán los procesos para diagnosticar la muerte de la persona. Los médicos deberán seguir el protocolo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación que tiene el asesoramiento del INCUCAI. Se establecerá como hora del fallecimiento el instante en que se completó el diágnostico de la muerte.


La ley propone que tanto los hospitales públicos y privados deben contar con servicios destinados a la donación de órganos y al tratamiento del paciente. Se creerá el Servicio de Procuración que deberá contar con al menos un médico que detecte potenciales donantes, asesore a las familias y garantice el proceso de donación. También se establece la capacitación para los profesionales que formen parte del proceso de donación y transplante.


Hay unas 10.500 personas en la Argentina que esperan por un trasplante, se destacó durante el debate. Y sólo donan hasta ahora, 13 personas por cada millón de habitantes. (Clarín; Infobae)






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