01/05/2021

Argentina

Pandemia

Se publicó el DNU con las nuevas restricciones: las medidas que regirán hasta el 21 de mayo

El Gobierno nacional oficializó las medidas anunciadas el viernes por el presidente Alberto Fernández para combatir la segunda ola de coronavirus en el país.

El nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado por el Gobierno oficializó las nuevas restricciones que había anunciado el presidente Alberto Fernández durante la mañana del pasado viernes y también estableció los parámetros que se tomarán en cuenta para definir la situación epidemiológica ante la pandemia de coronavirus, en base a lo cual los distritos serán calificados como zonas de bajo, mediano, alto riesgo y alarma sanitaria.


El decreto explica los parámetros para definir el riesgo sanitario en cada provincia del país y establece cuatro categorías: la existencia de “Bajo Riesgo”, “Mediano Riesgo” o “Alto Riesgo” epidemiológico y sanitario en los departamentos o partidos de más de más de 40.000 habitantes y los grandes aglomerados urbanos, departamentos o partidos que se encuentran en situación de "alarma epidemiológica y sanitaria".

Medidas alcanzadas a todo el país

Viajes La norma enumera que quedan suspendidos los viajes grupales de egresados, de jubilados, de estudio, para competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de grupos para la realización de actividades recreativas y sociales.

Reuniones También quedan suspendidas hasta el 21 de mayo en todo el país las actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de más de diez personas.

Actividades económicas En el artículo 6 se indica que las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios "podrán realizarse en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado", pero se restringe "el uso de las superficies cerradas, autorizándose, como máximo, el uso del 50% de su capacidad".

Teletrabajo En tanto, fomenta el teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral bajo esta modalidad, y recuerda que "queda prohibido en todos los ámbitos de trabajo, la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas, o cualquier otro tipo de actividad, que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia social y sin la ventilación constante".

Educación  El artículo 13 del decreto indica que "se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todo el país, salvo las excepciones dispuestas en el presente decreto o que se dispongan", como en las áreas comprendidas en la categoría de "alarma sanitaria".

Transporte  Señala además que el personal directivo, docente y no docente y los alumnos y su acompañante quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte.




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