20/11/2021

Argentina

Tablets gratis para monotributistas: estos son requisitos para acceder a los dispositivos

El Enacom evaluará las postulaciones que realizará cada jurisdicción o asociación civil; se repartirán 140.000 equipos; también estarán disponibles para jubilados y beneficiarios de la AUH

En el marco del plan Conectando con Vos, el ENACOM avanza con la entrega de tablets para monotributistas sociales.


El beneficio también podrá ser solicitado por usuarios y usuarias que reciban Seguro de Desempleo y sus hijos o hijas tengan entre 16 y 18 años, además de personas incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Trabajadoras de Casas Particulares.

Para acceder a las tablets gratis, el principal requisito es que el ingreso del beneficiario sea inferior a los $64.000 (dos SMVM); ya que este será el límite que entrará en vigencia a partir de este mes debido a las subas complementarias del Salario Mínimo, Vital y Móvil (16%)

El programa Conectando con Vos del Enacom busca promover el acceso a equipamiento que contribuya a la inserción, integración y desarrollo social mediante el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones (TICs).

Para que el dispositivo llegue a los interesados, las jurisdicciones provinciales, municipales, asociaciones civiles, redes comunitarias y otras entidades intermedias con presencia territorial en barrios populares deberán solicitar al Enacom la cantidad de dispositivos que precisan.

Por lo tanto, los interesados no se podrán inscribir de manera particular en un registro específico. Posteriormente el Enacom analizará el pedido y realizará la entrega. A su vez, el Ministerio de Educación evaluará a los beneficiarios del programa Conectar Igualdad.

¿Quiénes pueden acceder?

- Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo, sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar: padre, madre, cónyuge o conviviente;

- Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;

- Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el régimen de Monotributo Social, sus hijos, sus hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años; Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que reciban una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles, y también sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;

- Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría que tengan un ingreso anual mensualizado que no supere 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;

- Usuarios y usuarias que reciban seguro de desempleo y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;

- Usuarios y usuarias incorporados e incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;

- Usuarios y usuarias que reciban una beca del programa Progresar;

- Personas desocupadas o que se desempeñen en la economía informal y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;

- Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;

- Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme la Ley 27.098;

- Asociaciones de Bomberos Voluntarios que sean entes de primer grado y que estén registrados conforme la Ley 25.054;

- Entidades de Bien Público como asociaciones civiles, simples asociaciones, fundaciones sin fines de lucro en forma directa o indirecta y organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que realizan programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC);

- Beneficiarios y Beneficiarias del Programa CONECTAR IGUALDAD aprobado por el Decreto 459/2010 y sus modificatorios;

- Habitantes de barrios populares inscriptos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP) creado por el Decreto 358/2017.

De esta forma el Enacom destinará 140.000 dispositivos, los cuáles demandará la firma de un contrato de adhesión por parte de los beneficiarios al momento de recibir las tablets.




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