20/02/2018

Argentina

El presidente de una minera fue imputado por la muerte de un estudiante de geología

El jóven murió como consecuencia de un paro cardiorespiratorio luego de haber manifestado en varias oportunidades malestar físico.
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El estudiante murió de un paro cardiorrespiratorio.

El fiscal, Pablo Paz, imputó el delito de homicidio culposo al presidente de la minera Cardero Argentina SA, Mario Luis Castelli. Por el hecho, ya fue imputado un geólogo peruano, responsable de una expedición realizada en Cachi, en noviembre de 2016, exploración en la que murió el estudiante, Lucas Salaberría.

El 8 de noviembre pasado, el fiscal penal 2, de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, oficializó la primera imputación por la muerte de Salaberría al acusar formalmente al ingeniero geólogo peruano, Jhon Huaman Canchaguía, a quien la fiscalía achacó el delito de homicidio culposo en perjuicio del estudiante en Geología, alumno de la Universidad Nacional de Salta.

Lucas Sebastián Salaberría murió el domingo 13 de Noviembre de 2016, en el paraje “El Quemao”, en la zona de Palermo, Cachi. Ocurrió durante una expedición de exploración a 4000 metros de altura, encomendada por la empresa minera a Canchaguía, quien a su vez, contrató a Salaberría, quien falleció tras varios días de malestar.

Según surge de la investigación que el fiscal llevó adelante, Salaberría murió como consecuencia de un paro cardiorespiratorio por falla cardíaca. Varios testigos, principalmente integrantes de la expedición, fueron coincidentes en sostener que Salaberría, días previos a su deceso, manifestó ciertos malestares físicos, síntomas que se intensificaron sin recibir los auxilios necesarios.

La imputación al responsable de la expedición fue fundamentada por Paz en el hecho de que Canchaguía, responsable de la exploración, se encontraba a cargo exclusivo de todo, pues él mismo realizó las entrevistas a los miembros del grupo, por lo tanto, el fiscal Paz consideró que por su pericia y ciencia, el acusado era el responsable por la salud y la vida de quienes confiaron en su profesionalidad para emprender la actividad.

Paz, en su decreto de imputación, remarcó los certificados de prestigio del profesional, lo que debería haber sido una garantía para el estudiante, de 26 años, quien se embarcó en la exploración, sin que al momento de la contratación, el imputado exija una certificación médica o clínica de su estado de salud para emprender la expedición.

Asimismo, sostuvo que hubo claros signos de que la salud de Salaberría se había deteriorado, con lo cual hubo una franca violación al deber de cuidado por parte del acusado, quien con los datos que tenía a su alcance respecto a la altitud, las condiciones propias del paraje, la falta de recursos para atender a una contingencia médica, la falta de conocimientos concretos acerca del estado de salud preexistente de los miembros de la expedición (pues no hubo chequeo médico previo alguno exigido ni por el imputado, ni por la empresa que lo contrató), y fundamentalmente la experiencia que poseía en esa actividad, pudo prever el acontecimiento que concluyó con el resultado fatal investigado, emergente de un actuar negligente e imprudente de su parte.




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