28/09/2020

Sucesos

CASO

La mente de un femicida por dentro: qué revelaron las pericias al “loco de Caballito”

Se trata de Alejandro Daniel Bajeneta fue condenado a prisión perpetua por uno de los femicidios más brutales de la historia porteña.

En mayo de 2017, Alejandro Daniel Bajeneta fue condenado a prisión perpetua por matar a puñaladas a su exnovia, Gabriela Parra.

El crimen ocurrió dos años antes, el 2 de mayo de 2015, a las 17:45, a plena luz del día en el bar y restaurante Plaza del Carmen de la avenida Rivadavia en Caballito frente a los mozos y los vecinos.

Bajeneta, taxista, no citaba a su ex para resolver problemas recientes. La relación era de vieja data, el taxista y Parra habían estado juntos durante tres años, hace casi tres décadas. Bajeneta había intentado volver con ella desde el verano, había comenzado a llamarla con insistencia, a acosarla. Gabriela no quería. Bajeneta llegó a decirle: “Sos la mujer de mi vida”.

Bajeneta, de 53 años en aquel entonces, simuló ayudarla para que se pusiera el saco. El taxista tomó un cuchillo de caza que llevaba oculto y la apuñaló varias veces: en el abdomen, en el hombro izquierdo, el omóplato derecho, el dorso lumbar derecho, la muñeca derecha y el cuello. Bajeneta se quedó ahí, salpicado con la sangre de su víctima. Luego, corrió a la calle. Tomó el mismo cuchillo e intentó quitarse la vida.
Una junta médica fue convenida con peritos de parte y de la querella. El perito de la querella aseguró que el taxista presentaba un “trastorno de personalidad agravado” por consumo de estupefacientes así como “síndrome disejecutivo (trastorno de lóbulo frontal)”, y que por esas razones, al emitir sus opiniones sobre el punto, “dudaron sobre si comprendía o podía dirigir sus acciones”.
Luego, se ordenó un estudio neuro-psicológico que fue parte de la sentencia. “No han surgido indicadores médicos fehacientes y de entidad suficiente que orienten a pensar que Bajeneta Alejandro Daniel no hubiera poseído la autonomía psíquica suficiente como para comprender y/o dirigir su accionar”, ratificó el estudio que fue criticado por los jueces de la condena, ya que fue realizado sin una nueva entrevista al taxista. Una tomografía a su cerebro reveló que no existían lesiones.
Sin embargo, el perito de la defensa fue terminante: aseguró en el juicio que Bajeneta “no es un hombre normal”, que presenta un "trastorno de personalidad”, tiene “un cerebro dañado y adicción la cocaína desde hace 15 años”, y que por esa razón “hay que medicarlo”.
Finalmente, el Tribunal N° 4 consideró que Bajeneta sabía lo que hacía. Fue condenado como femicida.
Revisión
Hubo un cambio sorpresivo en la calificación. Se eliminó la figura en el inciso 2 del artículo 80 del Código Penal: alevosía, uno de los agravantes más fuertes en un crimen violento.
 
El Cuerpo Médico Forense determinó que el imputado, en su configuración emocional, presenta una “modalidad psicopática de funcionamiento”, “ansiedad paranoide incrementada” y “un trastorno de personalidad con predominio de componentes psicopáticos y narcisistas”. Un plan previo, aseguró la defensa, no equivalía a capacidad de ser imputable.

Bajeneta, de 53 años en aquel entonces, simuló ayudarla para que se pusiera el saco. El taxista tomó un cuchillo de caza que llevaba oculto y la apuñaló varias veces: en el abdomen, en el hombro izquierdo, el omóplato derecho, el dorso lumbar derecho, la muñeca derecha y el cuello. Bajeneta se quedó ahí, salpicado con la sangre de su víctima. Luego, corrió a la calle. Tomó el mismo cuchillo e intentó quitarse la vida.

Una junta médica fue convenida con peritos de parte y de la querella. El perito de la querella aseguró que el taxista presentaba un “trastorno de personalidad agravado” por consumo de estupefacientes así como “síndrome disejecutivo (trastorno de lóbulo frontal)”, y que por esas razones, al emitir sus opiniones sobre el punto, “dudaron sobre si comprendía o podía dirigir sus acciones”.

Luego, se ordenó un estudio neuro-psicológico que fue parte de la sentencia. “No han surgido indicadores médicos fehacientes y de entidad suficiente que orienten a pensar que Bajeneta Alejandro Daniel no hubiera poseído la autonomía psíquica suficiente como para comprender y/o dirigir su accionar”, ratificó el estudio que fue criticado por los jueces de la condena, ya que fue realizado sin una nueva entrevista al taxista. Una tomografía a su cerebro reveló que no existían lesiones.

Sin embargo, el perito de la defensa fue terminante: aseguró en el juicio que Bajeneta “no es un hombre normal”, que presenta un "trastorno de personalidad”, tiene “un cerebro dañado y adicción la cocaína desde hace 15 años”, y que por esa razón “hay que medicarlo”.

Finalmente, el Tribunal N° 4 consideró que Bajeneta sabía lo que hacía. Fue condenado como femicida.


Revisión

Hubo un cambio sorpresivo en la calificación. Se eliminó la figura en el inciso 2 del artículo 80 del Código Penal: alevosía, uno de los agravantes más fuertes en un crimen violento. El Cuerpo Médico Forense determinó que el imputado, en su configuración emocional, presenta una “modalidad psicopática de funcionamiento”, “ansiedad paranoide incrementada” y “un trastorno de personalidad con predominio de componentes psicopáticos y narcisistas”. Un plan previo, aseguró la defensa, no equivalía a capacidad de ser imputable.

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