19/11/2020

Argentina

MEDIDA

Fallo contra Gildo Insfrán: La Corte ordenó la libre circulación de los más de 7.500 formoseños varados

El Máximo Tribunal Les dio un plazo de 15 días.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en contra de Gildo Insfrán y a favor de los formoseños varados que aún no pudieron regresar a su provincia desde el inicio de la pandemia. Amnistía Internacional había denunciado que eran más de 7.500 las personas que reclamaban el regreso a sus casas mientras las autoridades locales no lo permitían.
“El Tribunal resuelve: ordenar a la Provincia de Formosa que arbitre los medios necesarios de modo de garantizar el efectivo ingreso al territorio provincial, con cumplimiento de las medidas sanitarias que estime pertinentes, de todos los ciudadanos que lo hayan solicitado, dentro del plazo máximo de quince días hábiles a partir del día de la fecha, ajustando el programa a las pautas constitucionales referidas en los considerandos anteriores”, sostiene el fallo de la Corte al que tuvo acceso Infobae.
Durante los últimos días habían crecido los cuestionamientos a Gildo Insgrán, gobernador de Formosa, y a las autoridades de su gobierno que rechazaron durante ocho meses el retorno de miles de formoseños y formoseñas que quedaron varados en otras provincias luego de la declaración de la emergencia sanitaria a causa del COVID-19.
Dichas negativas estuvieron enmarcadas dentro del Programa de Ingreso Ordenado y Administrado de Formosa, el cual reguló -mediante una serie de requerimentos- la entrada de los formoseños que se encontraban en otros sitios del país.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en contra del gobernador Gildo Insfrán y a favor de los formoseños varados que aún no pudieron regresar a su provincia desde el inicio de la pandemia.

Amnistía Internacional había denunciado que eran más de 7.500 las personas que reclamaban el regreso a sus casas mientras las autoridades locales no lo permitían.

“El Tribunal resuelve: ordenar a la Provincia de Formosa que arbitre los medios necesarios de modo de garantizar el efectivo ingreso al territorio provincial, con cumplimiento de las medidas sanitarias que estime pertinentes, de todos los ciudadanos que lo hayan solicitado, dentro del plazo máximo de quince días hábiles a partir del día de la fecha, ajustando el programa a las pautas constitucionales referidas en los considerandos anteriores”, sostiene el fallo de la Corte que difundió Infobae.

Durante los últimos días habían crecido los cuestionamientos a Gildo Insgrán, gobernador de Formosa, y a las autoridades de su gobierno que rechazaron durante ocho meses el retorno de miles de formoseños y formoseñas que quedaron varados en otras provincias luego de la declaración de la emergencia sanitaria a causa del COVID-19.

Dichas negativas estuvieron enmarcadas dentro del Programa de Ingreso Ordenado y Administrado de Formosa, el cual reguló -mediante una serie de requerimientos- la entrada de los formoseños que se encontraban en otros sitios del país.


Medida 

La Corte consideró que en dicho programa”no se ha definido el tiempo de su vigencia ni de las medidas allí dispuestas, ni existen indicios de hasta cuándo se extenderán las restricciones al derecho a transitar libremente, derecho este especialmente reconocido en la Constitución Nacional y en los citados instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos”.

En ese lapso, tal como denunció Amnistía Internacional, muchos debieron dormir en la ruta e incluso quedaron a la intemperie en otras provincias por la falta de recursos para retornar y por no tener la certeza de que allí la Policía de Formosa los dejaría ingresar.




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