22/12/2017

Argentina

Reglamentan el uso de las luces de los vehículos en el país

El Congreso modificó la Ley de Tránsito Nº 24.449. Enterate de cuáles son los cambios.
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Los autos deberán traer de fábrica luces bajas de encendido automático. (Foto tomada Diario Río Negro)

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación sancionaron con fuerza de Ley una modificación de los artículos 1º, 2º, 3º y 4º de la Ley de Tránsito Nº 24.449. A partir de ella, el Congreso reglamentó el uso de las luces de los vehículos en las calles del país.


Uno de los puntos más importantes es que, desde ahora, los fabricantes e importadores tendrán que incorporar en sus vehículos 0 km "un dispositivo que permita en forma automática el encendido de las luces bajas o de las luces diurnas (sistema DRL) en el instante en que el motor del mismo sea puesto en marcha".


Las luces diurnas son un equipamiento clave para que el vehículo pueda ser visible ante los ojos de los otros conductores en momentos de luz solar. Se encienden al mismo tiempo que el auto se pone en marcha y emiten una luz generalmente blanca, aunque puede ser también ámbar o amarilla. Hace varios años son obligatorias en Estados Unidos y varios países de Europa.


Con respecto a las luces intermitentes de emergencia, también conocidas como balizas, se estableció que "deben usarse para indicar la detención en estaciones de peaje, zonas peligrosas o en la ejecución de maniobras riesgosas".


Además, queda permitido que los autos tengan las luces de giro traseras en color rojo. Hasta ahora, solo podían ser amarillas. Es una medida clave para que puedan llegar al país nuevos modelos procedente de Estados Unidos, donde se configuran con el giro rojo. (TN.com.ar)





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