31/01/2023

Sucesos

Policiales

Fallo en el caso Lucio Dupuy: el jueves se define la culpabilidad de las acusadas por homicidio calificado

La querella particular, representada por José Mario Aguerrido, adhiere a las acusaciones y agrega el agravante de odio de género como motivo para el homicidio.

El próximo jueves, un tribunal en Santa Rosa, Argentina, decidirá si la madre de Lucio Dupuy y su novia son culpables de homicidio calificado y abuso sexual contra el niño de cinco años. 


Te recomendamos: Más de 130,000 personas exigen condena para todos los culpables del asesinato de Lucio Dupuy


La Fiscalía, integrada por Verónica Ferrero, Máximo Paulucci y Mónica Rivero, acusa a Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez de matar a Lucio en noviembre de 2021.

La fiscal Ferrero basó su acusación en la autopsia, que reveló un maltrato físico continuo y abusos sexuales repetidos. Valenti fue acusada de abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal vía anal y Páez fue acusada de abuso sexual gravemente ultrajante también con acceso carnal vía anal. Ambas son acusadas de homicidio calificado.

El jueves, el Tribunal integrado por Alejandra Ongaro, Daniel Sáez Zamora y Andrés Olié determinará la culpabilidad de las acusadas y, en caso de ser culpables, impondrá la pena, que es prisión perpetua. 

La querella particular, representada por José Mario Aguerrido, adhiere a las acusaciones y agrega el agravante de odio de género como motivo para el homicidio.

Asimismo, la defensa de Abigail Páez asegura que no existió un homicidio agravado sino un homicidio preterintencional, sin intencionalidad y sin buscar la muerte. La defensa argumenta que no se probaron las agravantes y que, en el peor escenario, pudo existir un homicidio simple con dolo eventual.

De igual manera, el defensor de Valenti pidió la absolución, argumentando que ella no estaba en la vivienda en el momento del homicidio y no tiene responsabilidad por omisión en el homicidio. En caso de ser hallada culpable, solo podría imputársele una responsabilidad menor.

No obstante, por el delito imputado por la Fiscalía, en caso de culpabilidad, la única pena prevista es la de prisión perpetua. Junto a la acusación de la Fiscalía, el apoderado de la querella particular, José Mario Aguerrido, quien representa al padre de Lucio, Christian Dupuy, adhirió a esas calificaciones legales y agregó el agravante de odio de género para el homicidio a la vez que sostuvo que ése fue el móvil para matar a Lucio. 

La acusada Páez, representada por el defensor oficial Blanco Gómez, aseguró que no existió un homicidio agravado sino un homicidio preterintencional, es decir, que no existió intencionalidad y que no buscó el resultado de muerte. 

Como defensa, justificó que la acusada intentó hacerle masajes de reanimación para evitar que muera aquel día, que fue en búsqueda de la policía y lo llevó al hospital Evita. 

La defensa aseveró que “ninguna de las tres agravantes” planteadas por el Ministerio Público Fiscal para el homicidio quedaron probadas, agregando que¨, en el peor escenario, pudo existir un homicidio simple con dolo eventual, esto es que debió representarse que lo podía matar con los golpes que le dio. 

A raíz del pedido de ambas defensas, se hará lo que comúnmente se denomina juicio de cesura o cesura de juicio. Se da para “cuando la pena máxima de los hechos punibles imputados, según la calificación jurídica de la acusación y del auto de apertura, supere los seis años de prisión”.

Por lo tanto, cuando se conozca la sentencia, el Tribunal resolverá solamente si Espósito Valenti y Páez son culpables o inocentes, pero no fijará una pena. Para ello habrá una nueva audiencia en un plazo no mayor a los 15 días a partir de conocerse el fallo.




Recomienda esta nota: