19/03/2021

Argentina

Decisión

Estos son los sectores del comercio e industria que deberán informar precios y stock

Es información requerida a través del "Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica".

Hoy el Ministerio de Desarrollo Productivo aprobó el procedimiento para el suministro de la información requerida a través del "Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica" (SIPRE), a través del cual busca incrementar el control de precios.


Según lo dispuesto, la totalidad de actividades de los sectores de comercio e industria cuyos productos deberán informarse al SIPRE, son las siguientes:

-- Preparación de frutas, hortalizas y legumbres.
  -- Elaboración de aceites y grasas de origen vegetal.
  -- De productos lácteos.
  -- De productos de molinería, almidones y productos derivados del almidón, de productos alimenticios.
  -- De alimentos preparados para animales.
  -- Elaboración de bebidas.
  -- Fabricación de papel y de productos de papel.
  -- De productos minerales no metálicos.
  -- De vidrio y productos de vidrio.
  -- De equipos y productos informáticos.
  -- De equipos de comunicaciones y transmisores de radio y televisión.
  -- Industrias básicas de hierro y acero.
  -- La de fabricación de receptores de radio y televisión, aparatos de grabación y reproducción de sonido y video, y productos conexos.
  -- De aparatos de uso doméstico.
  -- De muebles y colchones.
  -- Sectores de venta al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco, y de artículos de uso doméstico y personal.
  -- Comercialización al por menor en comercios no especializados, y de productos alimenticios, bebidas y tabaco en comercios especializados.

-- Preparación de frutas, hortalizas y legumbres. 

-- Elaboración de aceites y grasas de origen vegetal. 

-- De productos lácteos. 

-- De productos de molinería, almidones y productos derivados del almidón, de productos alimenticios. 

-- De alimentos preparados para animales.

-- Elaboración de bebidas. 

-- Fabricación de papel y de productos de papel.

-- De productos minerales no metálicos. 

-- De vidrio y productos de vidrio. 

-- De equipos y productos informáticos. 

-- De equipos de comunicaciones y transmisores de radio y televisión. 

-- Industrias básicas de hierro y acero. 

-- La de fabricación de receptores de radio y televisión, aparatos de grabación y reproducción de sonido y video, y productos conexos. 

-- De aparatos de uso doméstico. 

-- De muebles y colchones. 

-- Sectores de venta al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco, y de artículos de uso doméstico y personal. 

-- Comercialización al por menor en comercios no especializados, y de productos alimenticios, bebidas y tabaco en comercios especializados.

De acuerdo con la Disposición 4/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial, las empresas proveedoras de insumos o bienes finales, productoras, distribuidoras o comercializadoras, deberán informar los precios, cantidades producidas y/o vendidas y stock disponible de la totalidad de sus productos, de forma unitaria, sea cual fuere el destino. La primera presentación deberá realizarse dentro del periodo comprendido entre el 1 al 10 de abril de 2021, según el texto oficial.

También se estableció que las presentaciones mensuales contendrán la información correspondiente a los precios, cantidades y stock del mes inmediato anterior.

La información suministrada a través del repositorio de información del Ministerio de Desarrollo Productivo, podrá ser rectificada entre el 11 al 15 del mes correspondiente a la presentación efectuada, aclaró la Disposición.

El SIPRE se lanzó esta semana y su objetivo es, según el Gobierno, "disponer de información cierta y actualizada que permita identificar y caracterizar las diversas problemáticas de los sectores económicos implicados en la producción, distribución y comercialización de bienes finales e insumos con mayor impacto en la población".




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