15/03/2018

Tucumán

Aprobaron la ley de prisión preventiva para "motochorros", "rompevidrios" y "escruchantes"

El objetivo de la nueva norma es cerrar la "puerta giratoria" de los tribunales penales y facilitar la prisión preventiva para los delincuentes.

Aprobaron una ley contra los "motochorros" y los "rompevidrios"
Según legisladores, el objetivo es facilitar la prisión preventiva para los delincuentes. También incluye los robos a casas donde no se encuentran sus dueños.
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POLÍTICA. La Legislatura en sesión. FOTO LA GACETA/ FRANCO VERA.
El poder Legislativo sancionó hoy por unanimidad el proyecto de ley que prevé la prisión preventiva para "motochorros", "rompevidrios" y "escruchantes" (robos a casas donde no se encuentran sus dueños) 
El objetivo de la nueva norma, según explicó el oficialismo, es cerrar la "puerta giratoria" de los tribunales penales y facilitar la prisión preventiva para los delincuentes. De esta forma, quieren lograr que los autores de este tipo de actos no recuperen la libertad fácilmente.
Sin embargo, en el recinto también se manifestaron los posibles planteos de inconstitucionalidad que podría recibir esta modificación al Código Procesal Penal de Tucumán.
En qué consiste el proyecto
Fue elaborado sobre la base de la propuesta del ministro fiscal, Edmundo Jiménez, para modificar el Código Procesal Penal de Tucumán (CPPT) y habilitar el dictado de la prisión preventiva para “motochorros”, “rompevidrios” y “escruchantes” (autores de robos a casas sin moradores).
Los "rompevidrios" volvieron a atacar: le robaron a una docente que se dirigía al trabajo en Buenos Aires al 900
La ley 8.747 autoriza al dictado de la prisión preventiva "en casos de delitos de robo en la vía pública, cuando el hecho implique grave peligro psicofísico para la víctima o cuando sea evidente el aprovechamiento de circunstancias de mayor vulnerabilidad de la víctima, en razón a su edad o condición (menores, ancianos, discapacitados), o por los medios de movilidad utilizados o características del lugar del hecho”, expresa. Aunque está vigente desde fines de la gestión del ex gobernador, José Alperovich, no es operativa porque se la considera inconstitucional.
El comunicado oficial
El dictamen de la Comisión de Seguridad y Justicia, que modifica la Ley N° 6203 (Código Procesal Penal) en su artículo 284, Inc. 7. El mismo establece que “...en casos de delitos de robo en la vía pública, cuando signifique un grave peligro psicofísico para la víctima o cuando sea evidente el aprovechamiento de las circunstancias de mayor vulnerabilidad de la víctima. Específicamente, se podrá dictar prisión preventiva hasta la finalización del proceso, para aquellos desapoderamientos cometidos en la vía pública, mediante la utilización de motocicletas, o cualquier tipo de transporte o vehículo en general”.
Las modificaciones
En esta oportunidad, los legisladores pretenden añadir dos párrafos al Código Procesal Penal de Tucumán para que jueces y fiscales puedan disponer el arresto provisorio de un motochorro, hasta que finalice el proceso iniciado por haber cometido un delito en la vía pública. Además, incluyeron un nuevo agravante: que la víctima sea mujer. Si bien no mencionan a los rompevidrios, entienden que las circunstancias descriptas abarcarían esa modalidad.

El poder Legislativo aprobó este jueves por unanimidad el proyecto de ley que prevé la prisión preventiva para "motochorros", "rompevidrios" y "escruchantes".

El objetivo de la nueva norma, según explicó el oficialismo, es cerrar la "puerta giratoria" de los tribunales penales y facilitar la prisión preventiva para los delincuentes.

Sin embargo, en el recinto también se manifestaron los posibles planteos de inconstitucionalidad que podría recibir esta modificación al Código Procesal Penal de Tucumán.

El proyecto fue elaborado sobre la base de la propuesta del ministro fiscal, Edmundo Jiménez, para modificar el Código Procesal Penal de Tucumán (CPPT) y habilitar el dictado de la prisión preventiva para “motochorros”, “rompevidrios” y “escruchantes” (autores de robos a casas sin moradores).

La ley 8.747 autoriza al dictado de la prisión preventiva "en casos de delitos de robo en la vía pública, cuando el hecho implique grave peligro psicofísico para la víctima o cuando sea evidente el aprovechamiento de circunstancias de mayor vulnerabilidad de la víctima, en razón a su edad o condición (menores, ancianos, discapacitados), o por los medios de movilidad utilizados o características del lugar del hecho”, expresa.




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