14/12/2021

Sucesos

LA PAMPA

Condenados a siete años de prisión dos jóvenes que abusaron de una mujer en un "after"

Fueron condenados por abusar sexualmente, en forma sucesiva y en una ocasión, de una víctima de 19 años.

Dos jóvenes fueron condenados a siete años de prisión por la justicia pampeana, por los delitos de abuso sexual cometidos durante un "after", en forma sucesiva y en una ocasión, luego de aprovecharse de la víctima de 19 años que no pudo consentir libremente la acción a raíz de su excesiva ingesta de alcohol.

Desde Prensa del Poder Judicial se precisó que el juez de audiencia de Santa Rosa, Andrés Olié, condenó a Guillermo Javier González y Matías Alejandro Mendoza, a siete años de prisión, por ser autores del delito de "abuso sexual, cometido en forma sucesiva y en una ocasión, aprovechándose de que la víctima no pudo consentir libremente la acción, agravado por haber existido acceso carnal".

Además, el magistrado enmarcó los hechos en un contexto de violencia de género.

Con las pruebas reunidas durante el juicio oral, Olié dio por acreditado que los dos acusados ejecutaron el abuso sobre la damnificada cuando “no se encontraba en condiciones de consentir ese acto, producto de la excesiva ingesta de alcohol”.

“No hay duda que ambos, de modo sucesivo, ejercieron actos de violencia sexual sobre la víctima", añadió el magistrado y detalló que ocurrieron entre las 7.30 y las 8.15 de la mañana, durante un ‘after’, a la salida de un local nocturno.

En la vivienda donde ocurrieron los abusos había un grupo de siete jóvenes, pero en ese lapso horario, solo habían quedado los dos imputados, de 22 y 31 años, y la víctima, ya que el resto había salido a comprar bebidas.

Durante los alegatos, el fiscal Walter Martos pidió una pena de siete años para González y Mendoza y lo fundamentó en un video grabado ese día en el celular del primero de ellos.

En cambio, el defensor particular, Carlos Alberto Pérez Funes, alegó por la absolución de los acusados y, subsidiariamente, solicitó que sean absueltos por el beneficio de la duda.

También aseguró que las relaciones fueron consentidas entre personas adultas y en un lugar donde había más gente.

Su teoría del caso fue que la víctima le dijo a González “borrá el video o te denuncio” porque lo que dio a entender que le preocupaba que tuviera difusión en las redes sociales”, explicaron las fuentes sobre la postura de la defensa.

Sin embargo, el juez Olié, en los fundamentos del fallo, enmarcó los hechos en la ley 26.485 de Protección Integral contra las Mujeres por entender que existió “un acto de violencia de género”.

Especificó que "hubo violencia física, psicológica, sexual y simbólica" y la asoció al riesgo de que la filmación pudiera viralizarse, manifestando que la conducta de los imputados mostró “una clara manifestación del estereotipo machista que coloca a la mujer en una posición de subordinación".

"Ello se reflejó cabalmente en la cosificación de la que fue objeto la víctima, cuando González tomó el video con su teléfono celular, del que participó activamente Mendoza, a quien pudo verse sonriendo a cámara”, añadió Olié.

Además de las condenas, el juez ordenó la detención inmediata de González y Mendoza, una vez que el fallo quede firme, y sus incorporaciones al Registro de Procedimiento y Notificación de antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual./Télam


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