20/03/2016

Tucumán

Un fallo obliga a la Provincia a difundir el costo para edificar la Legislatura

La Cámara en lo Contencioso Administrativo solicitó la información referida a la totalidad de las contrataciones, honorarios profesionales y demás erogaciones para la construcción del palacio.
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El palacio legislativo se encuentra ubicado en calle Muñecas 951.

La sala III de la Cámara Contencioso Administrativo dictó un fallo donde obliga a la Provincia a difundir el costo para edificar la Legislatura. La información solicitada se refiere a a la totalidad de las contrataciones, honorarios profesionales y demás erogaciones para la construcción del edificio ubicado en calle Muñecas 951.

Los camaristas Sergio Gandur (preopinante) y Ebe López Piossek dictaron la sentencia en el marco de una acción declarativa de certeza, planteada en 2011 por el ex legislador Juan Roberto Robles. El referente radical había formulado la demanda contra la Provincia porque consideraba inconstitucional la decisión de ejecutar esa obra “sin ningún tipo de control”. 

“Corresponde que en el plazo de 30 días de quedar firme este pronunciamiento se satisfaga el pedido del ciudadano Robles, y a su vez se lo haga público dándolo a conocer a los medios de prensa”, señalaron los vocales en el fallo.

La última cifra oficial respecto de esta obra data del 23 de febrero de 2009, cuando el Tribunal de Cuentas aprobó los trámites administrativos del proyecto (acuerdo N° 443/2009). Allí, el presupuesto oficial fue fijado en $ 92,8 millones. Sin embargo, el monto definitivo habría sido superior, según las versiones extraoficiales.

La contratación directa del proyecto, de la realización de la obra y del equipamiento de la futura sede fue habilitada por la Legislatura en junio de 2008, mediante la sanción de la ley N° 8.073. En aquella sesión, sólo el radical José Cano -entonces legislador- se opuso a las facultades conferidas por el cuerpo colegiado a Juan Manzur, en esos momentos era vicegobernador de José Alperovich. Sobre la base de la normativa sancionada, se inclinó por adjudicarle la construcción del inmueble a Tensolite SA. El proyecto fue llevado a cabo por el estudio porteño Peralta Ramos-Sepra (sigla de Sánchez Elía, Peralta Ramos y Agostini) Arquitectos SA.

El edificio del Poder Legislativo fue estrenado en 2012. Manzur tenía licencia por entonces como vicegobernador, debido a que era ministro de Salud de la Nación. 

Durante ese tiempo, Robles llevó adelante una demanda en el fuero contencioso administrativo para conocer el monto definitivo de la obra. Instó a que “se haga cesar el estado de incertidumbre sobre la constitucionalidad o no del accionar del Poder Ejecutivo, al no rendir cuentas sobre la obra de la Legislatura”. El ex legislador radical alegó que esa situación afectaba derechos de incidencia colectiva. Y cuestionó que se haya autorizado a Manzur a decidir qué proyectos y empresas contratar. “Las facultades extraordinarias otorgadas al (entonces) vicegobernador resultan deleznables, por cuanto no existe absolutamente ninguna norma que faculte a la Legislatura a otorgar semejante potestad”, reclamó. Además, cuestionó que la ley N° 8.073 no fijara un presupuesto, ni aludiera a erogaciones destinadas a inmuebles, honorarios profesionales y otros rubros.

Según consta en la sentencia, la Provincia respondió a la demanda negando todas las aseveraciones de Robles. La Fiscalía de Estado envió copias de acuerdos del Tribunal de Cuentas en los que se aprobaban las rendiciones (aunque de manera global) remitidas por el Poder Legislativo. “Desde 2008 hasta el presente, las distintas rendiciones han sido sometidas al control del TC”, afirmaron los abogados de la Casa de Gobierno.

“La información brindada por la parte demandada (la Provincia) se presenta sesgada, haciendo referencia únicamente a los diarios de las sesiones llevadas a cabo por los legisladores y al dictado de normas consecuentes”, indicaron los vocales. Y agregaron: “en lo que atañe a la obra en sí, denota la falta de interés en dar cumplimento a lo solicitado, ya que realiza referencias genéricas a montos pagados sin indicar o referenciar el destino específico de los montos y quiénes los percibieron, pretendiendo esgrimir que resulta suficiente contar con la acreditación brindada a través de acuerdos del Tribunal de Cuentas, siendo que estos sólo aprobaron el pago de las distintas partidas solicitadas, sin indicar los conceptos a los que se imputa debida y detalladamente cada contraprestación”.

La Provincia puede recurrir la sentencia. Pero, si queda firme, tendrá 30 días para difundir cuánto costó construir la Legislatura.



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