15/02/2020

Sucesos

desalmada

Una empleada que debía cuidar a personas con discapacidad las insultaba y golpeaba

Fue separada de su cargo por 20 días sin goce de sueldo por agarrar del pelo y golpear a una paciente para obligarla a tomar una pastilla. "Decile que no me pegue, me voy a portar bien".
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Una empleada que debía cuidar a personas con discapacidad los insultaba y golpeaba

Una empleada municipal de Mendoza fue suspendida de su cargo como cuidadora de personas con discapacidad tras ser denunciada por maltrato físico y verbal hacia los pacientes que debía atender.

Patricia Elena Pereira, una empleada de la Dirección de Atención a las Personas con Discapacidad, estará apartada de su cargo 20 días sin goce de sueldo mientras avanza la investigación que se abrió por haber agarrado de los pelos a una de las mujeres a las que se suponía que debía cuidar, informó el sitio Los Andes.

Pereira trabajaba tanto en el instituto Concepción Jorba de Funes, donde estaría alojada la víctima, como en el hospital Lagomaggiore de la ciudad de Mendoza.

De acuerdo con la resolución 398 del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de Mendoza, que fue publicada este viernes en el Boletín Oficial, Pereira fue separada de su cargo por agarrar del pelo y golpear a Beatriz Sosa para obligarla a tomar una pastilla.

Una compañera de trabajo de Pereira, Agustina Echevarrieta, declaró que Sosa luego le pidió "que no la dejara sola con ella" y hasta le imploró: "Decile que no me pegue, que me voy a portar bien".

Echevarrieta también dejó a asentado en el libro del Hospital de Guardia que Sosa manifestó que "Patricia la ata a la cama, que tiene miedo".

Otra testigo, la licenciada Mabel Troendle, aseguró que Pereira es "mal hablada e insulta" a los pacientes del instituto Concepción Jorba de Funes y que "tiene un tono de voz muy agresivo" para con ellos.

Desde el Ministerio de Salud explicaron que se tuvo en cuenta que la paciente Sosa no presentaba lesiones recientes y visibles en el cuerpo, aunque igualmente la cuidadora infringió lo establecido en el Art. 13, incs. a), b) y c) del Decreto Ley Nº 560/73.

En la resolución consta que de los testimonios "surge claramente la autoría y responsabilidad de la sumariada en la falta que se le imputa". Además la mujer "no se ha desempeñado en forma decorosa y digna de la confianza que el Estado oficial exige frente a la atención de los albergados en el Instituto Concepción Jorba de Funes, manifestando conductas agresivas e intimidatorias frente a personas con discapacidad que requieren un trato diario, cordial y acorde a su patología".




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