18/05/2023

Sucesos

Policiales

Rechazan una vez más la solicitud de Alperovich para ser juzgado por un jurado ciudadano

El Tribunal Oral 29 rechaza solicitud debido a inaplicabilidad de norma a tribunales nacionales en la Capital.

El Tribunal Oral número 29 ha rechazado la solicitud del ex gobernador y senador José Alperovich de ser juzgado por un jurado popular en el caso en el que está acusado de abuso sexual contra su sobrina y ex colaboradora. 

En un fallo emitido por el presidente del Tribunal, Juan María Ramos Padilla, se determinó que el pedido de la defensa de Alperovich no está contemplado en la legislación que se aplica a este tipo de procesos. Alperovich enfrenta acusaciones de abuso sexual cometido entre 2017 y 2019, tanto en sus oficinas en Tucumán como en la Capital Federal.

Inicialmente, el juez de instrucción Osvaldo Rappa procesó a Alperovich sin prisión preventiva por tres casos de abuso sexual y seis de abuso sexual agravado, y también le impuso un embargo de 2,5 millones de pesos. 

Según la imputación que se presentará en el juicio, el ex gobernador habría cometido estos delitos "abusando de su poder y autoridad, circunstancias que sometieron a la víctima a un ultrajante sometimiento sexual durante un período prolongado".

Alperovich había solicitado un jurado popular basándose en una norma vigente en la Ciudad de Buenos Aires, pero el tribunal le respondió que dicha ley no fue creada para los tribunales nacionales con sede en la Capital Federal. 

La ley 6451, aprobada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece el juicio por jurados "para los delitos cometidos bajo esa jurisdicción, cuya pena máxima en abstracto sea igual o superior a 20 años de prisión".

Incluso si se interpretara que esta norma es aplicable a los tribunales nacionales, el juez enfatizó que no sería aplicable en este caso porque los delitos imputados a Alperovich tienen "una pena máxima en abstracto de 15 años de prisión". 

Por lo tanto, no se podría acceder a la solicitud de la defensa en relación a la competencia o la naturaleza de los delitos. Tanto la fiscalía como el defensor oficial Pablo Rovatti, quien representa a la víctima como querellante, también se opusieron al juicio por jurado popular. El fallo señala que la aplicación amplia de los juicios por jurado está sujeta a una legislación general para su implementación, "y hasta el momento eso no ha sucedido".




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