21/09/2017

Tucumán

A abastecerse para el finde: el lunes no abrirán los comercios

La celebración del Día del Empleado de Comercio se pasará al lunes y los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales.

Atención consumidores: el lunes no abrirá el comercio
Se adelantó para ese día la celebración del Día del Empleado de Comercio.
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ARCHIVO LA GACETA
La celebración del Día del Empleado de Comercio se pasará del martes 26 de septiembre al lunes 25, según acordaron las partes involucradas en el Convenio Colectivo de Trabajo. De esta manera, no habrá actividad comercial el primer día hábil de la semana próxima.
“Si bien la conmemoración está dispuesta para los días 26 de septiembre –conforme a la Ley 26.541– razones de practicidad llevaron a acordar la modificación”, precisó la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), a través de un comunicado.
La decisión de unir la jornada con el fin de semana tendrá un condimento extra en nuestra provincia, ya que el feriado provincial del 24 de septiembre por la Batalla de Tucumán cae justamente este domingo. 
La CAC destacó que la celebración “en nada afecta la apertura de los comercios cuando estos sean atendidos por sus dueños o con empleados que acepten trabajar ese día”. 
Lo que dice la ley
El lunes, los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales, con todos los efectos y alcances de la ley, que asimila dicha conmemoración a los feriados nacionales. Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%. 
En tanto, si no se trabaja, el empleado tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no variará. Por ello, en materia de remuneración se deberá dar cumplimiento a lo establecido por las normas vigentes, no pudiéndose otorgar el día en cuestión como franco compensatorio del descanso semanal. 
Por último, la CAC recordó que queda a libre criterio de los empleadores la posición a adoptar respecto de sus dependientes.

La celebración del Día del Empleado de Comercio se festeja cada año el día 26 de septiembre pero este año, se la pasará al lunes 25, según acordaron las partes involucradas en el Convenio Colectivo de Trabajo. Por lo tanto, no habrá actividad comercial el lunes de la semana próxima.

“Si bien la conmemoración está dispuesta para los días 26 de septiembre –conforme a la Ley 26.541– razones de practicidad llevaron a acordar la modificación”, precisó la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), a través de un comunicado.

La CAC destacó que la celebración “en nada afecta la apertura de los comercios cuando estos sean atendidos por sus dueños o con empleados que acepten trabajar ese día”. 

El lunes, los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales, con todos los efectos y alcances de la ley, que asimila dicha conmemoración a los feriados nacionales.

Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%. En tanto, si no se trabaja, el empleado tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no variará. Por ello, en materia de remuneración se deberá dar cumplimiento a lo establecido por las normas vigentes, no pudiéndose otorgar el día en cuestión como franco compensatorio del descanso semanal. Por último, la CAC recordó que queda a libre criterio de los empleadores la posición a adoptar respecto de sus dependientes.




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