11/08/2020

Tucumán

pandemia

Coronavirus: Banda del Río Salí oficializó nuevas restricciones ante el aumento de casos positivos

Del 12 al 23 de agosto, el municipio aplica nuevas medidas para prevenir el avance de la enfermedad.



Debido a la brote que obligó a aislar una zona de Lastenia, además de los casos positivos registrados en las últimos días, la Municipalidad de Banda del Río oficializó a través del decreto N° 482/2020, las nuevas medidas para prevenir el avance de coronavirus.


En el documento que lleva la firma del intendente Darío Monteros, se detallan las restricciones aplicadas en la localidad que regirán desde este miércoles 12 agosto hasta el 23 de agosto inclusive.


Artículo 1° Reducción del horario de cierre de la totalidad de los comercios, y deberán desarrollar su actividad con estricto cumplimiento del protocolo de bioseguridad.


Los horarios de atención quedan establecidos de la siguiente manera, Lunes a Sábado de 08:00 a 18:00 hs; y Domingos de 08:00 a 14:00 hs.


Artículo 2° Se exceptúa de esta medida a las FARMACIAS que podrán desarrollar sus actividades de venta en general de 08:00 a 18:00 hs, y de 18:00 a 08:00 únicamente venta de medicamentos.


Artículo 3° Los negocios de los rubros que se detallan podrán desarrollar sus actividades en el horario que se indica:


- A. VETERINARIAS podrán atender en general de 08:00 a 18:00 hs, y bajo la modalidad de guardias de emergencia en el horario de 18:00 a 08:00 hs.


- B. BARES Y RESTAURANTES de 08:00 a 22:00 hs, con ocupación máxima de tres personas por mesa, y distanciamiento entre las mesas establecido.


- C. DELIVERYS de 08:00 a 00:00 hs de Domingo a Viernes, y los días Sábados de 08:00 a 02:00 hs.


- D. PROFESIONES LIBERALES, INDEPENDIENTES Y ACTIVIDADES DE OFICIO (Albañileria, plomeros gasistas, cortadores de césped, etc) de 08:00 a 18:00 hs de Lunes a Sábado.


- E. OPERACIONES DE CARGA Y DESCARGA preferentemente de lunes a sábado de 18:00 a 20:00 hs


- F. GIMNASIOS hasta las 18:00 de lunes a sábado.


Artículo 4° Se SUSPENDE las siguientes actividades:


- A. FÚTBOL 5, SALAS DE JUEGO Y MÁQUINAS RECREATIVAS


- B. ACTIVIDADES RECREATIVAS


- C. LAS CELEBRACIONES RELIGIOSAS EN CUALQUIERA TIPO DE CULTO


- D. VISITA A LOS CEMENTERIOS


- E. VELORIOS podrán realizarse hasta un máximo de tres horas con la presencia de familiares directos.


Artículo 5° SE RESTRINGE LA CIRCULACIÓN DE PERSONAS EN LA VÍA PÚBICA DE LUNES A SÁBADO A PARTIR DE LAS 18:00 HS, Y LOS DOMINGOS A PARTIR DE LAS 14:00 HS, tanto para el ingreso como para el egreso de la Ciudad.


Ante esta medida se contemplarán situaciones especiales, como ser el personal que estén al frente de los controles y operativos de seguridad, como así también a las personas que deban trasladarse por su actividad laboral, por situación de enfermedad, de adultos mayores por la realización de trámites indispensables.


Se prorroga hasta el 23 de agosto la SUSPENSIÓN de REUNIONES FAMILIARES, SOCIALES, LAS FERIAS, SALIDAS RECREATIVAS EN PLAZA PARQUES Y CUALQUIER OTRO LUGAR DE CONCURRENCIA MASIVA.





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