11/08/2023

Argentina

Política

Inició de la veda electoral: qué está prohibido y hasta cuándo se puede vender alcohol

Lo que hay que saber sobre las restricciones para las elecciones del domingo en todo el país.

El viernes a las 8 de la mañana marcó el inicio de la veda electoral en concordancia con las Elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) programadas para este domingo 13 de agosto en todo el territorio nacional.

La veda electoral, contemplada en diversos artículos del Código Nacional Electoral, conlleva restricciones en ciertas actividades, incluyendo la venta de bebidas alcohólicas. Conforme al artículo 71 del Código Nacional Electoral, la comercialización de bebidas alcohólicas "queda prohibida desde las 20 horas del sábado hasta las 21 horas del domingo". 

Asimismo, es importante destacar el artículo 136 del mismo código, el cual establece medidas sobre la distribución de bebidas alcohólicas, señalando que "se impondrá una pena de prisión que oscilará entre quince días y seis meses a quienes expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de la conclusión del proceso electoral".

ACTIVIDADES VEDADAS DURANTE LA VEDA ELECTORAL

Existen varias actividades que se encuentran restringidas tanto para los candidatos como para los votantes durante la veda, según lo indicado en el artículo 71 del Código Nacional Electoral:

1. No se pueden llevar a cabo actos públicos de campaña ni acciones de proselitismo desde el viernes previo a la votación.

2. Queda prohibido entregar o presentar boletas de sufragio a los votantes en un radio de 80 metros alrededor de las mesas de votación, considerando la calzada, calle o camino.

3. Está vedada la publicación y difusión de encuestas o sondeos pre-electorales a partir del viernes.

4. La venta de bebidas alcohólicas está restringida desde las 20 horas del sábado hasta las 21 horas del domingo.

5. Se encuentran suspendidos los espectáculos populares al aire libre o en lugares cerrados, así como cualquier tipo de reunión pública que no esté relacionada con el acto electoral.

6. No se permite la apertura de sedes partidarias dentro de un radio de 80 metros del lugar donde se instalen las mesas de votación.

7. A partir del sábado y hasta las 21 horas del domingo, está prohibido llevar armas, banderas, emblemas o insignias que representen a partidos políticos.




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